Diccionario nacional

Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847

Furia

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Furia, s. f. El efecto de un acceso violento de furor; el movimiento fuerte, impetuoso y la mayor parte de las veces instintivo, de un animal irritado; el esceso de incomodidad, el arrebato de cólera, la ira exaltada etc. || Fig. Prisa, velocidad, vehemencia, impetuosidad con que se ejecuta una accion, con que es arrojado un objeto, con que camina un cuerpo, con que se pronuncia una ó mas palabras, etc. Actividad, rápida y violenta agitacion de todos los seres animados é inanimados, sensibles é insensibles de existencia real é imaginaria, y as se dice: la furia del mar, la furia de Eolo, la furia de la tempestad, de la fiebre etc. || ant. Tela de seda que se fabrica en la India, así llamada por las figuras horrorosas que en ella habia pintadas. ! Zool. Familia de ara ñas, que comprende muchos indivi duos.=Especie de gusanos de la Sue. cia septentrional y de la Laponia, que, segun relacion de los viajeros por aquellos países, vive en los árboles se lanza sobre las personas y anima. les que pásan á sus alcances para penetrar en sus cuerpos á través de la piel, ocasionándole una enfermedad mortal. || Com. Nombre de una especie de concha del género venus. || Mit. Cada una de las divinidades infernales encargadas de atormentar á los malos, así en la tierra como en los infiernos. De ellas se sirven los dioses para castigar á los hombres con enfermedades, guerras, peste y demás azotes de la cólera celestial. Como las furias éran tres, el uso mas frecuente de esta voz es en plural. Por est. y por anal. Se da este nombre á las personas y á las cosas; á los remedios, á los deseos, á las ilusiones; á todo, en fin, cuanto en la naturaleza nos atormenta, nos acosa, persigue y hace padecer; como un ensueño, una pes dilla, el recuerdo de un crímen cometido, un solicitante importuno, y so: bre todo un acreedor. || La persona irritada ó encolerizada. || Hist. y Jurisp. Ley del código romano que prohibía, bajo una multa cuádrupla, acep» tar una herencia ó un legado que pasase de mil ases. = Nombre de otra ley que prohibía dar la libertad á mas de cien esclavos á una vez,

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