Ramón Joaquín Domínguez · 1846-1847
Deslindar
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Deslindar, v. a. Señalar, marcar, determinar, establecer, prefijar y distinguir los lindes, los términos, los límites, puntos ó rayas divisorias de tierras, heredades, pueblos, provincias etc. || Fig. Apurar y aclarar alguna cosa, poniéndola en sus propios terminos, para que no haya confusion ni equivocacion en ella.=Dilucidar, esplicar, esponer distinta y perspícuamente algun asunto ó materia etc. || V. DESCOMPLICAR. || Fras. Deslindar las atribuciones de los respectivos poderes y autoridades; distinguir, especificar circunstanciadamente lo que es de la incumbencia de cada uno, lo que está en el ejercicio de su derecho, en el desempeño de su deber; fijar los términos hasta donde le es dado estenderse sin riesgo de traslimitarse y abusar de la fuerza que se le confía como salvaguardia de la ley etc.
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