Diccionario de construcción y régimen de la lengua castellana

Rufino José Cuervo · 1886-1893

Abdicar

tomo 1 · página 43 · ver la página en el escaneo

ABDICAR. v. 1. a) Dejar ó renunciar enteramente; úsase propiamente hablando de las dignidades soberanas, como la corona, el imperio dtrans.. 2. « Diocleciano aluicó el imperio, como Sila había abdicado la dictadura.

» Mora, Sinon. p. 2. « Resuelve el rey abdicar el trono y abandonar á Tebas. » M. de la Rosa, Edipto, adlvert. G. 218,. « La suprema! Autoridad entonces Sila abdica. » V. de la Vega, La muerte de Cesar, 1. 3 (309). — 2 Con en, para iudicar la persona á quien se deja la dignidad. « Ile determinado después de la más seria deliberación abdicar mi corona en mi heredero y mi muy caro hijo el Principe de Asturias. » Carlos IV, en Toreno, Hist. 2 rlt. 64. 211.. « Ocurrenos copiar aqui algunas palabras del discurso en que Carlos V abdicó en su hijo los Estados de Flandes, pocos meses antes de retirarse á Yuste.» P. A.

Alarcón, Viajes por Espara, p. 24 (Madrid, 188. — 7 Ibsot. « Do ésta al fin un decreto, declarando que se entendería haber abdicado el rey, si llegaba á salir fuera del reino. » M. de la Rosa, Esp. del siglo, 2. 18 (5. 131). — ») Por extensión se dice de otras dignidades ó empleos, y aun de los principios y opimones. 7. « Nombraron de propia autoridad, para que se encargase del gobierno, con titulo de baile al capitán Pedro Pachs— Aceptó Pai lis el «argo, pera viendo que no se le permitía ejercerle en paz y con justicia, le abdicó á pocos días. » Jovell. diom. del cast. de Bellcer, apend. I (R. 16. 1201. « Los nables á quienes la fortuna no había dejado salir de nut suette escasa, abdicaban una dlase cuvas distinciones les servían de estorbo para enriquecerse.

» Id. Disc. sobre montepio para nobles (R. 50, 16-). « La Convención habia recouneido su luerza, y no estaba dixpue-ta despues del trulo à ahdear otra vez s autoridad.

» M. de la Rosa, Esp. del siglo. 5. 16 (5. 375.. 2) Tal es la coustrucrión rormente de este Verhu; no obtante, hoy dicen algunos abdicar de, teniendo sin duda en cuenta la idea de separación que aquí se entraña. « Apartábase ésta (la literatura españolal por tales vias de sus primitivos origenes, si bien no le era dado abdicar de los principios que habían sostenido su vigor é independencia, merced á la situación politica de Castilla, llegaba al siglo XV, deseosa de nuevas conquistas. » Amador de los Rios, Santitl. p.

CXVII. — y) Absol. « Olvidamos que la nacionalidad es tan esencial á la literatura como a la politica. y que no se abdica en ninguna de aquellas dos regiones sin deshonra y vilipendiv.

— Mora, prol. á los Enxagos de Listu (1. VIII). — 8) La construcción que ofrece el siguiente pasaje no se halla legitimada ni por el uso de los escritore- castellanos ni por el de los latinos : « En números la voz aprisionada, Me lleva à la prision de la miseria. Si mi razón no acude apresurada; ! Que, cierte Sa del susto de su Hesperra, Me abdicó de la suerte de mi genio,! Dando á mi estudio interesal materia. » Forner, sat. contra los ricios introd, en la poes, castell. (R. 63.

2. For. Renunciar de propia voluntad el dominio, propiedad ó derecho de alguna cosa (trans.). Acad. Dicc.

2. For. En Aragón, Revocar. « Abdicando á los dichos diputados toda facultad de gastar más. » Autos de Cortes de Aragon, fol. 74 (Dicc. Autor.)

Etim. Lat. abdicare, compuesto de ab que indica la separación, y dicare, hacer saber. Véase DEDICAR. Deciase abdicare dictaturam ó bien abdicare se dictatura, ablativo éste que corresponde al de mencionado en 1, b, 6. ortozr. Cambia la c en qu antes de e: dhdiequai, abliieguemas.

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