Roque Barcia · 1880-1883
Plenario
tomo 4 · página 287 · ver la página del original
Plenario, ria. Adjetivo. Lleno, entero, cumplido, que no le falte nada. I Forense. Se aplica al juicio posesorio, en que se trata con más amplitud del derecho de las partes, para declarar la posesión á favor de una de ellas, ó reconocer el buen derecho que tiene en la propiedad. En la práctica criminal se aplica al estado de la causa, en que se recibe á prueba para la ratificación de los testigos de la sumaria y admisión de otros nuevos, y para el descargo del reo y otras diligencias hasta la sentencia, en cuyo sentido se dice: «elevar la causa á PLENARIO.» ETIMOLOGÍA. Pleno: latín de Prosper y de Casiodoro, plenarìus, completo; catalán, plenari; italiano, plenario; francés, plénier; provenzal, pléner, plenier.
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