Roque Barcia · 1880-1883
Personado
tomo 4 · página 207 · ver la página del original
Personado. Masculino. Prerrogativa que alguno tiene en la iglesia sin jurisdicción alguna, pero con silla en el coro, superior y más honorífica que otros, y con renta eclesiástica, sin oficio alguno. Tómase también por dignidad eclesiástica, aunque se distingue de ella en que no tiene jurisdicción ni oficio! La persona que tiene esta prerrogativa.En Cataluña llaman así á ciertos beneficios, cuyo goce es compatible con otros. ETIMOLOGÍA Persona: latín de la Iglesia, persõnãtus, persõnãtûs; francés, personnat; catalán, personat.
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