Primer diccionario general etimológico

Roque Barcia · 1880-1883

Lesión

tomo 3 · página 389 · ver la página del original

Lesión. Femenino. Daño ó detrimento corporal causado por alguna herida, golpe ó enfermedad. [ Metáfora. Cualquier daño, perjuicio ó detrimento. I Forense. El daño que se causa dolosamente en las ventas por no hacerlas en su justo precio. I ENORME.

Forense. El perjuicio ó agravio que alguno experimenta, por haber sido engañado en algo más ó menos de la mitad del justo precio en las compras ó ventas. || ENORMÍSIMA. Forense. El perjuicio ó agravio que alguno experimenta, por haber sido engañado en mucho más ó menos de la mitad del justo precio en las compras y ventas.

ETIMOLOGÍA. Leso: provenzal, lezio; catalán, lesió, francés, lésion; italiano, lesione; del latin læsdo, daño, forma sustantiva abstracta de læsus, participio pasivo de lædère, dañar.

SINONIMIA. Artículo primero.—LE SIÓN, HERIDA. La idea de lesión es mucho más extensa que la de herida, porque abraza, no sólo el orden material á que ésta se concreta, sino el orden moral; las distinguen además otras varias acepciones. La herida puede ser casual; la lesión supone un deseo premeditado. En la herida se ve siempre un daño, un dolor que sufre la parte fisica del individuo. En la lesión hay siempre una injusticia, que afecta, no sólo la parte fisica, sino la moral del individuo, porque á las dos se extienden sus efectos. Se hace una herida con un instrumento ó cualquiera otro cuerpo duro que, chocando con nuestros miembros, los descompone; la lesión no descompone la parte fisica, sino por el sentimiento del ánimo producido por una injusticia. (LÓPEZ PELEGRÍN.) Artículo segundo.—LESIÓN, DAÑO.— El médico dice: Fulano tiene una lesión orgánica. No puede decirse: daño orgánico. El desperfecto que un animal causa en un sembrado ó en una heredad, se llama daño. No puede llamarse lesión. Nada más ridículo que decir: pido que se tase la lesión que tal animal ha hecho á mi finca. Se reclaman daños y perjuicios. Nada más repugnante al espiritu de nuestra lengua que reclamar perjuicios y lesiones. Un amante sabe que su amada le ha sido infiel, y dice á la persona de quien recibe la infausta noticia: me ha hecho usted un daño profundo. Si dijera que le había hecho una lesión profunda, significaría que le había herido profundamente en su cuerpo. La lesión supone daño material, y no un daño material cualquiera, sino un daño en que hay descomposición de tejidos, un daño en que debe intervenir la ciencia. Al hacerme una ligera cortadura, al clavarme un alfiler en un dedo, diré con propiedad que me he hecho daño. No puedo decir que me he causado una lesión, porque ni el pinchazo del alfiler, ni la ligera cortadura se pueden reputar como enfermedades que hacen necesaria la presencia del médico. La lesión, pues, es quirúrgica: el daño es físico, civil y moral. Es físico en el pinchazo del alfiler; civil, en el desperfecto que hace el animal en una sementera; moral, en el dolor que siente el amante al saber la infidelidad de su amada. En cuanto á la acepción forense de lesión, tampoco puede confundirse con daño, por cuya razón fuera impropio decir: DAÑO enorme, DAÑo enormísimo, en equivalencia de LESIÓN enorme, LESIÓN enormísima. Esta diferencia consiste en que el daño puede ser mayor ó menor, total ó parcial, mientras que la lesión ha de consistir precisamente en el agravio de poco ó mucho más ó menos de la mitad en las compras y ventas.

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