Primer diccionario general etimológico

Roque Barcia · 1880-1883

Irrevocable

tomo 3 · página 172 · ver la página del original

Irrevocable. Adjetivo. Lo que no se puede revocar, cuya voz se emplea en sentido político, judicial, forense, moral y dogmático. Ejemplo de la acepción politica: ley IRREVOCABLE; de la judicial: sentencia IRREVOCABLE; de la forense: donación IRREVOCABLE, de la moral: decisión IRREVOCABLE, voluntad IRREVOCABLE; de la dogmática: «los decretos de Dios son IRREVOCABLES.» ETIMOLOGÍA. Prefijo ir, por in, no, y revocable: latin, irrèvòcabilis, italiano, irrevocàbile; francés, irrévocable; catalán, irrevocable.

la historia de «irrevocable», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Barcia (1880-1883) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Irrevocable», en Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico (1880-1883), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/barcia/irrevocable.