Primer diccionario general etimológico

Roque Barcia · 1880-1883

Inviolable

tomo 3 · página 160 · ver la página del original

Inviolable. Adjetivo. Lo que no se debe ó no se puede violar ó profanar. I Derecho constitucional. Condición y carácter inherentes á la autoridad ó á la persona del monarca, en los sistemas representativos, á consecuencia de no ser responsable de los actos de su gobierno.

ETIMOLOGÍA. Latín ixviòlabilis, lo que no se puede quebrantar ó profanar; de in, no, y violabilis, violable: italiano, inviolabile; francés y catalán, inviolable.

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El texto de Barcia (1880-1883) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Inviolable», en Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico (1880-1883), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/barcia/inviolable.