Primer diccionario general etimológico

Roque Barcia · 1880-1883

Imputable

tomo 3 · página 38 · ver la página del original

Imputable. Adjetivo. Forense. Lo que se puede imputar en vías de derecho.

[Moral. Lo que puede imputarse en el orden de la conciencia, en cuyo sentido se dice que los vicios son IMPUTABLES en el fuero interno.

Teología. Todo lo que puede tornarse en abono de la rehabilitación moral del hombre, como los méritos de la pasion y muerte del Divino Mesías.

ETIMOLOGÍA. Imputar: italiano, imputabile; francés y catalán, imputable.

Reseña.— La acción que no depende de nuestra voluntad ó de nuestro arbitrio, no es libre; y no siendo libre, no es IMPUTABLE. Por consiguiente, lo IMPUTABLE no se concibe, sino dentro de la libertad del albedrío, lo cual quiere decir en último término que la libertad es la sanción eterna contra el libertinaje.

la historia de «imputable», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Barcia (1880-1883) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Imputable», en Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico (1880-1883), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/barcia/imputable.