Roque Barcia · 1880-1883
Impuesto
tomo 3 · página 36 · ver la página del original
Impuesto, ta. Participio pasivo irregular de imponer. I Masculino.
Tributo, carga.
ETIMOLOGIA. Latín impòsìtus, participio pasivo de impõnère, imponer: catalán, imposat, da; francés, imposé; italiano, imposto. Sentido etimológico.—1. El latín impõnère tiene el significado de imponer gabelas ó pechos, como se ve en César: IMPONERE stipendium victis, hacer pagar contribución á los vencidos; IMPONERE tributum in capita singula, hacer una derrama por cabeza. 2. Es curioso notar que el in CAPITA singula de César es exactamente nuestra capitación.
SINONIMIA. Impuesto, contribución, carga, gravamen, exacción, derrama, capitación, subsidio, tributo, pechos, gabelas. Impuesto viene de impositum, participio pasivo del verbo imponere, que quiere decir imponer, como la palabra lo indica. Imponer supone la idea de superioridad, de dominio, de mando, porque equivale á poner una cosa sobre otra. Así decimos que el vencedor impone condiciones al vencido, ó que el fuerte se impone al débil, cuya locución es propia y eficaz, porque significa que el débil está abatido por el fuerte, debajo de él, y que el fuerte está sobre el débil, que se le ha puesto encima. Este modo de hablar es una imagen viva, natural, lógica, hasta bella, digan lo que quieran ciertos nimios críticos. Esta significación etimológica del verbo imponer, explica satisfactoriamente el sentido actual de la palabra que nos ocupa. Toda orden, toda ley que se mandaba guardar y cumplir, era una obligación impuesta; y siendo la primera obligación de los pueblos la de pagar, esta paga pública vino á ser necesariamente la primera de las imposiciones. He aquí explicada la voz impuesto. Impuesto es el vocablo con que se designa cualquier subsidio que se impone á un pais. Pero este impuesto sería una quimera, si sólo consistiese en el mandato; es decir, en el hecho de la imposición. Esta imposición debía realizarse, y esta realización no podía tener lugar sin que cada individuo del pais contribuyese con su parte, según sus haberes, ó lo que es lo mismo, según los goces que le proporcionaba y le garantía la sociedad, porque cuando contribuimos al Estado, no hacemos otra cosa que pagar la custodia ó la garantía que de la sociedad recibimos. Si la sociedad me guarda y me defiende muchas propiedades, natural es que yo pague mucho por esa especie de guardería; como natural es que la pague poco, cuando es poco lo que me guarda. Este impuesto proporcional, equitativo, organizado, convertido en sistema, es lo que se Ilama contribución. La diferencia entre las dos palabras de que hemos hablado hasta aquí, no puede ofrecer la menor duda. El impuesto dice relación al que gobierna, al que impone. La contribución dice relación al que contribuye, al que obedece. En el impuesto no hay más que mandato. En la contribuciós entra la idea de justicia. El impuesto es un señorío. La contribución es un régimen. Así sucede que hay una Dirección de Contribuciones, mientras que no hay oficina alguna de impuestos. Esta contribución tomó luego el nombre de carga, bien porque servía para atender á las cargas públicas, bien porque cargaba á los contribuyentes con la obligación de pagar. Pero amén de las cargas de costumbre, solían y suelen decretarse cargas extraordinarias, doblemente onerosas al pueblo. Esta carga, que el pueblo no podía soportar, se llamó gravamen. De modo que se denomina gravamen todo impuesto que no es de plantilla, por decirlo así; toda contribución que, saliendo del régimen establecido, viene á gravar los intereses generales. El uso de la lengua nos ofrecerá un ejemplo evidente. «Parece que el Gobierno se propone modificar las cargas públicas.» No puede decirse que se propone modificar los públicos gravámenes. ¿Por qué? Porque el gravamen no es la carga social, ordinaria, establecida, elevada á régimen administrativo, sino una carga contingente, arbitraria, violenta, injusta, que no puede entrar en la organización del sistema, en la ciencia económica, en la ley del Estado. Y no siendo una ley del Estado, claro es que el Estado no puede intentar modificarla. Lo que el Estado puede hacer con los gravámenes, es abolirlos, no modificarlos, porque quien dice modificar, dice regimentar; y no pueden regimentarse la arbitrariedad, la violencia y la injusticia. Este ejemplo nos hará ver la diferencia con que el uso distingue las dos voces de que nos ocupamos. La carga es un sistema: sin cargas no hay nación. El gravamen es una ruina: con gravámenes no hay nación rica y próspera. La palabra exacción no se refiere á la idea de dominio, como el impuesto, ni á la idea de paga pública, como contribución, ni á la idea de sacrificio, como carga, ni á la de abuso, como gravamen, ni á la de recaudación ó extracción, como se ha creído equivocadamente. El nombre de que hablamos, no expresa más que un accidente, una curiosidad histórica. Exacción viene de acto, derivado del latin agère, hacer, obrar, y que equivalía al griego agõ, ageïn, que en sentido propio significa arrear, cuyo sentido expresa bien la idea de acción, de movimiento, que atribuímos al verbo hacer. Del propio origen vienen exigencia y exactitud, voces que son casi sinónimas de exaccion. Lo que antiguamente se llamaba exacción, no era otra cosa que la exactitud ó la evigencia con que los cobradores de impuestos públicos iban, de puerta en puerta, pidiendo las cuotas que tocaban á cada vecino. Dichos cobradores eran muy exactos, lo cual vale tanto como decir que se movían ó que obraban con mucha exacción. Nos parece que todo lo que sea acudir á otra parte para explicar esta palabra, será estar fuera de la etimología y del buen sentido. Hacer venir exacción de extracción, es desconocer absolutamente el origen de ambos vocablos, porque ya hemos dicho que exacción viene de agère, mientras que extracción viene de trahère, que significa traer, acarrear, Ilamar hacia sí. Extraer no es más que traer de dentro para fuera, conducir de aquí para allá. Extracción, pues, equivale á exportación, mientras que exaccion equi vale á exactitud. Por analogía, significó después carga ó impuesto. El nombre de derrama no se aplicó nunca á las contribuciones del Estado, á los impuestos generales; sino á una exacción particular, ora exigida por el enemigo en tiempo de guerra, ora acordada por el cabildo de la localidad, para atender á cargas concejiles. Así se dice hoy: derramas vecinales ó municipales, para designar la contribución particular de cada municipio. Con la voz talla ha sucedido poco más ó menos lo que con la palabra exacción. Aquella voz no significó primitivamente ninguna idea de carga ó de impuesto. He aquí su historia. Talla se deriva de talea, tallia, por corrupción, que significa lámina ó plancha de madera, porque los agentes ó recaudadores de aquel impuesto llevaban unas tarjas, en las que marcaban la cantidad con que cada vecino contribuía. Covarrubias la hace venir del verbo toscano tagliar, porque el impuesto público tallaba ó tajaba una parte de la hacienda de cada vasallo; pero esta etimología es más ingeniosa que verdadera. La que primeramente hemos expuesto es la que merece, en nuestro juicio, ser admitida. Existían dos clases de talla; una general, que se aplicaba á toda clase de riqueza y de haberes; y otra, personal, que se repartía por cabeza de vecino. Esta última fué la que se llamó capitación, término derivado de caput, capitis, que en latin significa cabeza. Este modo de hablar, tan castizo y tan filosófico, se conserva aún en nuestro idioma, y no debiera anticuarse nunca, ya que—¡gracias á Dios!—no ha tenido ningun saltimbanquis la ocurrencia de Ilevarse esta joya de nuestra lengua, dejándonos en cambio una bisutería. Así decimos: tantas cabezas de ganado; tocamos á tanto por cabeza. No faltará entendimiento alambicado que diga que esto huele á paño burdo; pero nosotros le contestamos que él nos huele á nosotros á paño lerdo. ¿Qué imagen más propia, más viva, más discreta, y al
mismo tiempo más profunda, que designar al hombre por la cabeza, esa cabeza que es la casa de su pensamiento, el asiento de su juicio y de su razón, la estatua de aquel pedestal, el remate del gran monumento? ¿Qué es la cabeza sino el discurso, el raciocinio, el alma? ¿Y qué es el alma sino el hombre? ¿Qué imagen más bella y más sabia que designar al hombre por esa cabeza que pone en sus manos el señorío de la obra de Dios? ¿Por qué no hemos de designar al hombre por la cabeza, cuando designamos al rey por la corona, y al pontífice por la tiara, y por la toga al magistrado? ¿Qué mayor toga que nuestra frente, una frente que es la gran diadema que puso Dios sobre nuestro cuerpo? A tanto tocamos por cabeza. Aconsejamos á la juventud que no ponga en desuso una locución tan castellana y tan elocuente. Subsidio viene de subsidium, palabra latina que quiere decir socorro, auxilio, ayuda, y por extensión se dió este nombre á la exacción extraordinaria con que los vasallos ayudabaz al rey. Cuando por guerra ó calamidades no bastaban los impuestos establecidos, el señor acudía á un subsidio, que es como si dijéramos á un socorro; pero solia acontecer á menudo que la peste y la guerra se iban, y el subsidio quedaba. Y de tal manera quedó, que aun tenemos nosotros el subsidio industrial y de comercio. Hoy se llama arbitrio á lo que se llamaba subsidio antes. La voz tributo viene de tribu, porque el tributo era el impuesto que pagaban las tribus del pueblo romano. Y como el impuesto que se pagaba entonces era una especie de reconocimiento político, como un homenaje que se rendía al señor, la idea de obsequio personal ó de sumisión entró naturalmente en la voz tributo. De este modo se explica que esta voz tenga dos sentidos: uno, que equivale á contribución, y así decimos: sistema tributerio, que es comosi dijéramos: sistema de contribuciones; y otro, que equivale á rendimiento ó pleito-homenaje, y así decimos: la India es tributaria del Reino-Unido; el tributo de las cien doncellas. Por lo tanto, tributo se distingue de las otras palabras de este artículo, en que tiene una trascendencia social, cierto sabor político de que carecen las demás voces. Pecho fué el nombre primitivo de lo que hoy se llama multa. Con el pecho se castigaban los delitos que las leyes no juzgaban merecedores de pena aflictiva. Así es que en la antigua legislación hallamos ejemplos repetidísimos en que se dice: el que cometiere tal ó cual delito, que peche tanto ó cuanto. Después pasó á significar el censo ó canon que el siervo pagaba á su señor por razon de su hacienda, y como en señal de acatamiento ó de vasallaje. El que pagaba el pecho se llamaba pechero, que era lo contrario de noble, y el registro en que se anotaba lo que pagaba cada pechero, se denominaba pechoría. Gabela es toda carga que se hace insoportable. Así se dice: el pueblo no puede con tantas gabelas. Esta palabra añade algo á la voz gravamen, como la voz gravamen añade algo á la voz carga. La relación característica de cada una de las voces de este largo artículo es la siguiente: Impuesto significa autoridad, dominio.
Contribución, sistema.
Cargas, atenciones.
Gravamen, arbitrariedad.
Exacción, apremio.
Derrama, vecindario.
Capitación, casa.
Subsidio, ayuda.
Tributo, vasallaje.
Pechos, censo ó canon feudal.
Gabela, sobrecarga insufrible.
la historia de «impuesto», de obra en obra →
abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra