Roque Barcia · 1880-1883
Deuda
tomo 2 · página 162 · ver la página del original
Deuda. Femenino. Obligación que alguno tiene de pagar, satisfacer ó reintegrar á otro alguna cosa: comunmente se entiende de dinero. ! Pecado, culpa ú ofensa; y así en la oración del Padrenuestro se dice: «Y perdónanos nuestras DEUDAS.» I DEUDA PÚBLICA. La del Estado, que éste ha reconocido, obligándose á amortizarla, ya con abono de interés, ya sin él.Bajo la misma denominación hay en Madrid una Dirección general que, subdividida en varios departamentos, entiende en el reconocimiento, emisión y transferencia de títulos, pago de intereses, y todo lo concerniente á este importante ramo de Hacienda pública. CONTRAER DEUDAS. Frase familiar. Empeñarse. EL DEUDOR NO MUERA, QUE LA DEUDA EN PIE SE QUEDA. Refrán que manifiesta la esperanza que queda de cobrar, mientras vive el deudor. I QUIEN FÍA Ó PROMETE, EN DEUDA SE METE. Refrán que explica la fuerza que tiene la promesa de alguna cosa, pues por ella queda obligado el que la hace á cumplir lo que prometió.
ETIMOLOGÍA. Débito: catalán, deuta, deute; francés, dette.
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