Roque Barcia · 1880-1883
Cortes
página 1080 · ver la página del original
Cortes. Plural femenino. La junta general que en los antiguos reinos de Castilla, Aragón, Valencia, Navarra y Cataluña celebraban las personas ¡autorizadas para intervenir en los negocios graves del Estado, ya por derecho propio, ya en representación de clases ó cuerpos, ya de las ciudades y villas que tenían voto en CORTES, con arreglo, en cada uno de los reinos, á sus leyes, fueros, costumbres y privilegios. Hoy se da este nombre á la reunión de los dos cuerpos ó estamen tos, el Senado y el Congreso de los diputados, que tienen la facultad de hacer las leyes con el concurso del rey, además de otras atribuciones que les señala la Constitución política de la monarquía.
ETIMOLOGÍA. Corte.
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