Roque Barcia · 1880-1883
Clemencia
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Clemencia. Femenino. Virtud por la que un superior perdona las ofensas ó atenúa el castigo de sus inferiores; y así se dice: la CLEMENCIA divina, la CLEMENCIA de un rey, la CLEMENCIA del vencedor. Supone generalmente una superioridad caracterizada por parte de quien la ejerce. CLEMENCIA REAL. Derecho político. Virtud del soberano que, usando de su prerrogativa, indulta á los culpables de las penas á que han sido condenados.
Mitología. Divinidad, entre los antiguos, que se representaba con una rama de laurel ó de oliva.
ETIMOLOGÍA. Latín clementìa, benig nidad, moderación, piedad: francés, clémence; italiano, clemenza; catalán, clemencia.
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