Roque Barcia · 1880-1883
Alcalde
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Alcalde. Masculino. El juez ordinario que administra justicia en algún pueblo. En algunas danzas, el principal de ellas, ó el que las guía y conduce, y también el que gobierna alguna cuadrilla. Juegos de naipes que se juegan entre seis, y el uno que queda sin cartas manda jugar á los del palo que él elige. y pierde ó gana con Unos.! I ALAMIN. Véase. I DE ALZADAS. JUEZ DE ALZADAS. I DE BARRIO. En Madrid y otros pueblos grandes, juez pedáneo que se nombraba anualmente para cada barrio. [ DE CASA, CORTE Y RASTRO. Juez togado de los que en la corte componían la sala llamada de Alcaldes, que juntos formaban quinta sala del Consejo de Castilla. II DE CUADRILLA. ALCALDE DE LA MESTA. [I DEL CRIMEN. Alcalde de la sala del crimen que había en las cancillerías de Valladolid y Granada, y en algunas Audiencias del reino: era juez togado, y tenía fuera de su tribunal jurisdicción ordinaria en su territorio. [ DE HIJOSDALGO. El Alcalde de la sala de hijosdalgo que había en las cancillerías de Valladolid y Granada, en la cual se conocía de los pleitos de hidalguía y de los agravios que se hacían á los hidalgos por lo tocante á sus exenciones y privilegios. Era juez togado. En los lugares donde había mitad de oficios, era el alcalde ordinario, que se nombraba cada año por el estado de hijosdalgo. ( DE LA CUADRA. El de la sala del crimen de la audiencia de Sevilla: era llamado así, porque á la sala capitular de su ayuntamiento se llamó cuadra. DE LA HERMANDAD. El que se nombraba cada año en los pueblos para que conociera de los delitos y excesos cometidos en el campo. [ DE LA MESTA. El juez nombrado por algunas de las cuadrillas de ganaderos, y aprobado por el Concejo de la Mesta, para conocer de los pleitos entre pastores y demás cosas pertenecientes á la cabaña de la cuadrilla que lo nombró. DE NOCHE. En algunas ciudades, el que se elegía para rondar y cuidar de que no hubiera desórdenes de noche; y mientras ésta duraba tenía jurisdicción ordinaria. DEL RASTRO. Juez letrado de los que en lo antiguo asistían y ejercían en la corte y en su rastro ó distrito la jurisdicción criminal. DE OBRAS Y BOSQUES. Juez togado que tenía jurisdicción privativa en lo civil y criminal dentro de los bosques y sitios reales. DE PALO. El que es inútil, zafio é ignorante. Para ponderar que en alguna causa ó pleito es claro el derecho de una de las partes, se dice que lo puede sentenciar un ALCALDE DE PALO. I DE SACAS. Juez á quien estaba cometido el celar y evitar que se sacasen del reino las cosas cuya extracción se prohibe por leyes y pragmáticas. [ ENTREGADOR Ó ALCALDE MAYOR ENTREGADOR. En el Concejo de la Mesta, es un juez de letras, para visitar los partidos y conocer de las causas que tocan á ganados y pastos. (] MAYOR. Juez de letras que ejercía la jurisdicción ordinaria en algún pueblo. Llamábase también así el que había en las ciudades donde el corregidor era juez lego, de quien era asesor. En los reinos de Nueva España, el que gobernaba por el rey algún pueblo que no era capital de provincia, aunque no fuese juez de letras. ORDINARIO. El que ejerce la jurisdicción ordinaria en algún pueblo, sendo-vsemiorue él PEDÁNEOS El que lo es de alguna aldea ó lugar, y sólo puede conocer de una cantidad muy corta de maravedís; y si prende, no puede soltar ni proseguir la causa, porque debe dar cuenta á las justicias de la ciudad ó villa á que está sujeta la tal aldea ó lugar. ALCALDE DE ALDEA, EL. QUE LO DESEE, ESE LO SEA. Refrán que advierte no se apetezcan oficios que tienen más de gravamen que de autoridad ó provecho.
ETIMOLOGÍA. Arabe al-adi, al gadhi, el que juzga; del verbo gada, juzgar: catalán, alcalde; francés, alcade, tomado de nuestro romance. Alcalde y alcaide son palabras distintas.
Forma. La segunda l de alcalde viene de una regla que ha seguido constantemente el romance antiguo en la
transcripción de los nombres arábigos. Esta regla consiste en intercalar una l antes del dhad arábigo, como se ve en albayalde, de al-bayãdh; en aldaba, de ad-dhabba; en aldea, de ad dhei’a, ó en el portugués arrabalde, de ar-rabãdh. La misma l se intercaló en A lbelda, del árabe al baidhã, «la blanca», según resulta del siguiente pasaje de un documento antiguo: qui locus vocatur illorum incredulorum caldea lingua ALBELDA, nosque latino sermone nuncupamus ALBA. («el lugar que, en la lengua caldea de aquellos incrédulos, se llama A lbelda; lo que nosotros denominamos Alba en habla latina.»)
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