Roque Barcia · 1880-1883
Abjurar
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Abjurar. Activo. Desdecirse, retractarse con juramento del error ó equivocación que se ha padecido.
ETIMOLOGÍA. Latín abjurare; del prefiig ab lejauía.. y urue «jurar, retirándose del primer juramento:» italiano, abbiurare; francés, ahjurer; catalán, abjurar.
SINONIMIA. A bjurar, apostatar, renegar.
Abjurar, en el sentido análogo al de los otros dos verbos, es revocar la profesión de fe ó el juramento religioso. A postatar es abandonar la religión que se profesa. Renegar es esto mismo, hecho con ostentación y descaro. La abjuración es una ceremonia no necesaria para constituir al renegado ni al apóstata. Renegar se dice de la apostasía de un hombre vulgar y sin vergüenza, y así es que no llamamos renegado, sino apóstata, al emperador Juliano. Renegados son los cristianos que, mudando de religión, se pasan á los moros en las regencias berberiscas. (M.)
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