Diccionario de Autoridades

la Academia (1726-1739) · 1726-1739

Condicion

tomo 2 · página 488 · ver la página del original

CONDICIÓN. Significa tambien la naturaléza, calidad y distintivo del nacimiento de los hombres: como todas las personas de qualquier estado y condición que sean. En esta clausula y otras semejantes por la voz Condicion se entiende Noble ò plebeyo, libre ò fiervo. Lat. Conditio, onis. RECOr. lib. 4. tit.1. l. 16. Y mandamos que à ninguna persona de qualquiera estado ó condición que sea, no siendo de las expressadas en esta nuestra ley, se les pueda llamar ni llame Señoria por escrito ni por palabra. FR.L. DE LeoN, Nomb. de Christ. en el de Hijo. Vimos una mezcla admirable, carne con condicióne de Dios, y Dios con condiciónes de carne, y Divinidad y humanidad juntas. Cr av. Quix. tom. 1. cap. 14. Ninguna persona, de qualquier estado y condición que sea, se atreva à seguir à la hermosa Marcela, so pena de caer en la furiosa indignacion mia. Coxpiciós. Se toma tambien por circunstancia ò calidad : como Yo te acompañaré; pero con condición de que me regales, ò hagas el gasto del camino. Lat. Sub conditione. Es lege ut. SANT. TER. su Vid. cap.10. Es menester sacar fuerzas de nuevo para servir, y procurar no ser ingratos: porque con essa condición las da el Señor. MARIAN. Hist. Esp.lib.20.cap.10. Púsose por condición que caso que Doña Blanca muriesse, puesto que no dexasse hijos, su marido, despues de sus suegros por todo el tiempo de su vida, se intitulasse y fuesse Rey de Navarra. VENEC. Agon. punt. 3.cap.8. Porque sola la gracia y la gloria se ha de pedir à Dios sin condición, y sin tantcalle el como y el quando. Covoictós. Vale assimismo ley ò constitución que se promulga en algun Lugir, para que se observe y guarde por sus vecinos y moradores. Lat. Conditio. Lex, gi.ANT. Acusr. Dial. pl.250. Las Colónias eran siempre de Ciudadanos Romanos? Conforme à la ley ò condicion de la Colónia, que si el Emperador quisiera que esta fuera Colonia de privilégio de Ciudadanos Romanos, lo fuera: y si de Latinos, ó del de Italianos, tambien lo fuera. Conpición. Significa tambien imposición, gravamen, carga con que se hace alguna donacion, ó se dexa algun legado ò herencia : como Mando tal heredad à tal Monastério, con condición de que me hagan ciertos anniversarios todos los años, ò executen otra cosa. En esta acepciones voz forense. Lat. Conditio. REcor, lib.3. tit.16. l. 7. num. 13. A ningun Médico, ni Cirujano, ni Boticario daran licencia con condición que estudien ó practiquen cierto tiempo, ni con otro gravamen ni pena. BOtan. Polit. lib.2. cap.18. num. 287. Quando en algun contrato, donación ò manda se puso por condición que la Iglesia ò el Clérigo, en cuyo favor se hizo, pagasse algunos tributos, pechos, ò derechos, estara obligado el Clérigo ó la lglésia à la tal imposición ò carga Real annexa à la cosa. Conpición. Se toma tambien por convénio, concierto, capitulación, que se ajusta entre las personas que rinden una Plaza, ó hacen algun contrato, y comunmente se usa en plural : como con estas condiciones se rindio la Plaza ò el Castillo. Llamanse tambien atsi los capitulos de una liga, confederación ò paz. Lat. Pacta conventa. MARIAN. Hist. Esp. lib.13. cap.15.Por otra parte entre el Rey Don Alonso y los de Granada, en una junta que tuvieron en Alcali de Benzaide, se hizo confederación y concierto, debaxo de estas condiciónes. CAST. Hist, de S. Dom. tom. 1. lib. 1. cap. 13. Y toda la otra gente fué admitida à la misericordia de la lgletia, conforme a las condiciónet con que se entregó el Lugar. Beriss. Guichard. lib.2. pl.62. Porque en las capitulaciónes de aquella restitucion intervino condición expressa, de no quedar obligados en cosa que perjudicasse à la Iglesia. CALDER. Com. La exaltacion de la Cruz, Jorn. 2. La primera condición es, que sin armas rendidos ban de salir tus soldados da tedes estos deminioa. Coxorcióx. Postura, pleito, ò pacto de alguna cosa que esti por hacer ò por venir, que empieza con esta palabra Si: el qual se suele poner en capitulaciones matrimoniales, testamentos y otros contratos : y en tanto está obligado à su cumplimiento el que le pone, en quanto se verifica el referido pacto ò postúra; y sino llega el caso de verificarse, queda libre de la obligacion que contraxo. En esta acepcion es voz forense. Lat. Conditio. PART.4. tit. a. l.1. Condición tanto quiere decir como pleito, ò postura que es fecha sobre otro pleito con esta palabra si : como si dixesse uno: otro otro, Prometo de te dar cien maravedis,si fueres à tal lugar por mi: è es de tal manera esta condición, que si se cumple, confirma el pleito sobre que es puesta: si por aventura desfallece, non vale la postura principal.

CONDICIÓN CASUAL. La que no pende del poder ò arbitrio de los hombres, sino del acaso: como si dixesse el testador, Instituyo por mi heredero à Pedro, si mañana lloviere, ò si hiciere Sol,ù otra cosa semejante. Lat. Condit io casualis. PART.6.tit.4. 1.8. Casuales condieiónes son llamadas aquellas que non son en poder de los homes de las cumplir, mas que acaescen por ventúra. CONOICIÓN CONVENIRLE. La que conviene con precision à la naturaleza del acto que se celebra, y sobre que se pone: como si algun Catholico prometiesse casarse con muger que actualmente professasse la secta de Mahoma, ó la ley de Moises, y pusiesse la condicion, Si se volviesse Christiana. Lat. Conditio conveniens. PART. 4. tit.4. l. a. Convenible condición ha menester en todas guisas que se faga en algunas desposajas ò Matrimónios..... Ca ral condición como esta llaman convenible en Romance, que quier tanto decir en Latin como Honesta:porque al Christiano non conviene de casar con otra mugér, si non con Christiana.

CONDICIÓN DESCONVENIELE. La que se opóne al Sacramento del Matrimónio ò sus fines: como Si algúno dixesse, Yo te recibo por mi muger por un año ù otro tiempo cierto y limitado y no mas,ò hasta que halle otra mugér mas hermosa, mas rica ò mas noble: Esta condicion es contra el Sacramento del Matrimonio: ù dixesse, Yo te recibo por mi muger, si tomares bebidas ò hicieres remedios para no concebir: que esta es contra el fin del Matrimónio, que es procrear y tener hijos: ù dixesse, Yo te recibo por mi mugér, si con tu cuerpo ganares para sustentarme, que esta es contra la fé ò fidelidad, que se deben guardar reciprocamente los catados. Llamanse tambien estas condiciónes Deshonestas y Desaguisadas:pero esta voz última es antiquada. Lat. Conditio inbonesta. PART.4.tit.4. l.5. Desconvenibles è desaguisadas è deshonestas son aquellas condiciónes que derechamente vienen contra la natúra del Matrimónio.

CONDICIÓN DUDÓSA. La que no expressa claramente la voluntad ò el concepto: como, Instituyo por mi heredero à Juan, si Pedro fuere mi heredero. Llamase tambien Perplexa, por la confusion ù obscuridad con que se explicó el testador. Lat. Impossibilis conditio rat ione perplexitatis. PART. 6. tit. 4. l. 5. Dubdósas è non ciertas hi hi otras condiciónes que son llamadas en Latin Perplexas.

CONDICIÓN HONESTA. La que no se opóne à las buenas costumbres: como si dixesse algúno, Me casaré con tal mugér, si me diere ò llevare al Matrimonio cierta cantidad de mrs. ò tal heredád,ò pusiere por condicion otra clausula semejante. Lat. Conditio bonesta. PART.4.tit.4. 1.3.E a esta condición llaman honesta, porque non ha en ella mala estancia, nin villania ninguna. Tom.HI.

CONDICIÓN IMPOSSIBLE DE DERECHO. La que se opóne à la honestidad de la persona, à la qual se quiere precisar à que la cumpla:o à las bucnas costumbres, ò al derecho natural : como Te instituyo por mi heredero, ò te dexo tal legado, si no redimieres à tu Padre del cautiverio que padece, ò si no le alimentares, por extrema que sea su necessidad, ù otras semejantes. Lar. Conditio impossibilis de iure. PART.6. tit.4. 1.3. E generalmente son llamadas impossibles segund derecho todas las condiciónes que son contra honestad de aquel à quien son puestas.

CONDICIÓN IMPOSSBLE DE HECHO. La que consiste en hecho, que no puede cumplirse por la persona à la qual se impone: como Instituyo por mi heredero à Juan, si diere à tal Iglésia un monte de oro, o si tocare con el dedo en el Cielo. Lat. Conditio imposiibitïs de facto. PART. 6. tit. 4. 1.4. Imposiibles son llamadas de fecho algúnas condiciones que los homes ponen à las vegadas, en establescer à los herederos.

CONDICIÓN MEZCLADA. La que en parte pende del poder ò arbitrio de los hombres, y en parte del acaso: como si dixesse el testador, Establezco por mi heredéro à Pedro, que está en las Indias, si viniesse à España à tener su residencia en Madrid. Esta condicion es mezclada, porque aunque Pedro se embarque para venir à España, puede no arribar à sus Puertos, por los riesgos y peligros de la navegación. Lat. Condit io mixta. PART.6.tir. 4.l.9. Mezcladas condiciónes son llamadas aquellas que en parte cuelgan del poder de los homes, e en parte estan en aventûra.

CONDICIÓN NECESSARIA. Se llama la condición convenible, por ser necessario se ponga quando se prométe ò capitula Matrimonio entre Christiano y Judia ò Mora, pues de otra forma no valdria la promessa ni el casamiento. Lat. Condit io honesta & necessaria. PART.A.tir.4. 1.4.E es llamada necessaria (la condición convenible) porque ha menester en tales desposajas è Matrimonios que la pongan, è que sea complida en todas guisas; ca de otra guisa non valdrian las desposajas nin el casamiento.

CONDICIÓN POSSIBLE. La que está en poder, arbitrio ò voluntad de los hombres el cumplirla: como si dixesse el testador, Instituyo por mi heredéro à Juan, si me labrare una Capilla en tal Iglesia, ò me fundare una Capellania, ò si diere libertad à su Esclavo Fulano;ò le instituyo heredero, si no hiciere tal cosa, expressandola. Lat. Condit io potestativa. PART. é. tit. 4. 1.7. Posiibles condiciónes son llamadas en Latin aquellas que son en poder de los homes de las cumplir.

CONDICIÓN TACITA Ò CALLADA. La que aunque expressamente no se ponga en el testamento, virtualmente se entiende puesta: como si algúno tuviesse dos hijos è instituyesse por su heredero al mayor, y despues de su muerte al menór: En este caso, si el mayor premuriesse sin hijos, tendrá lugar la institucion y heredara el hijo segundos pero si dexare hijos, estos Qqq y no el tio habran la herencia: porque se entiende puesta la condición por el testador, Si mi hijo mayór muriere sin hijos. Lat. Conditio tacita, vel virtualit. PART.6. tit. A. l.10. Tacita conditio en Latin tanto quiere decir en romance, como callada condición, que es de tal natura, que maguer non sea puesta señaladamente, entiendese de derécho.

CONDICIÓN TORPE. La que se opóne derechamente à algun precepto de la Ley de Dios. Llamase tambien esta condición Deshonesta. Lat. Turpit conditio. PART.4. tit. a. l.6. Torpes i desbonestas hi ha otras condiciónes...... como si alguna muger dixesse à algun home Yo me caso contigo,o prometo que casaré si furtares tal cosa, ò matares tal home. Tener condición. Absolutamente tomado, significa ser uno de genio y natural fuerte, aspero, récio y mal acondicionado; à diferencia del que le tiene blando y afable : y assi para dar à entender que uno es indigesto y poco apacible, se dice que tiene condición, sin añadir otra circunstancia ni epitheto; lo que no sucede quando se expressa que es de genio y natural blando, pues siempre se le añade para distinguirlo. Lat. Natura acerbitate ac diritate affici.

Tener uno condiciónes. Locucion con que se di à entender que es de génio y natural inconstante, nada segúro y vario: y assi del que sin motivo se muda mostrando ya tristeza, ya alegria, yá blandura, ya severidad en el trato: y assi de otros afectos del ánimo se dice que tiene condiciones. Lat. Infirmi ac inconstantis esse animi.

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