la Academia (1726-1739) · 1726-1739
Afrontar
tomo 1 · página 112 · ver la página del original
AFRONTAR. v. a. Requerir, amonestar, ò prevenir juridicamente à uno, protestando lo que conviene, para que no le pare perjuicio. Es voz antigua del estilo forense, y yà sin uso. Lat. Monére. FUER. Juzc. lib. 8. tit. 5. ley 1. E afronte la tercera vez al señor de los porcos. PART.3. tit. 23. ley 17. E la parte que esto entendiesse afrontasse à aquel avenidór su contrário, que non diesse juicio......Bien puede desfacer aquel juicio la parte que ansi lo oviesse afrontado. DOCTR. DE CAB, lib. 2. tit. 4. fol.99. Non se deben partir si fuessen sus vassallos, ò oviessen su soldada recibido, que non ge la sirvan ante, afrontandole tres veces por su Corte.
AFRONTAR. Vale tambien llamar à uno, para que dé razón de su modo de proceder. Es voz antigua de Aragón. Lat. Accersere aliquem. BLANC. Coment. fol.204. De los feitos del oficio si era afrontádo el Justicia de Aragón, debia dar razón en Cort generál, y non en otro lugar.
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