José Alemany y Bolufer · 1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919)
Bien
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BIEN. (del lat. bene, bien). m. Todo aquello que en sí lleva como substancial la bondad, la verdad y la belleza, según el criterio moral de quien lo juzga, pues la conciencia aspira al bien. y la volnntad mueve hacia él al ser moral. || Utilidad, en su concepto más amplio. La ciencia labora por el BIEN de la humanidad. || ant. Caudal
o hacienda. Así decíase : Mi BIeN es poco para remediar mi mal. || adv. m. Con bondad, perfección, justicia, corrección y belleza en su línea. Se porta BIEN. Procede RIEN con todo el mundo. Escribe y dibuja BIEN. || Según se desea; conforme a nuestro objeto, aunque éste no encierre bondad. El ladrón esperó a la noche, y el plan le salió BIEN. || Con gusto, con satisfacción, de buena gana. YO BIEN quisiera holgar, pero soy pobre. || Sin obstáculo, inconveniente o dificultad. BIEN se puede hablar sin ofender a nadie. || Tiene un sentido aumentativo y significa cantidad en muchos casos, antepuesto al verbo, o modificando la significación de adverbios o de adjetivos. BIEN te has divertido. BIEN calladamente lo has hecho. BIEN gordo estás. || Dubitativamente, pero afirmando cierta relativa seguridad, se emplea expresando cálculo o tanteo. BIEN habrán transcurrido treinta años. || Denota asentimiento como respuesta a preguntas consultivas. ¿Puedo salir de paseo? BIEN. || Empléase en frases de sentido congratulatorio ú optativo. BIEN hava quien me le hace, || Hace a veces oficio de conjunción disyuntiva, o distributiva. Hemos de llegar, pieN por la derecha, BIEN por la izquierda. || pl. Hacienda, capital, riqueza. acensuados. For. Aquellos sobre los cuales pesa algún censo. I] adventicios. For. Los que adquiere por su suerte, o trabajo, el hijo de familia sometido a la patria potestad. Il alodiales. For. Los que no tienen carga alguna por derechos señoriales. || antiternales. Los que el marido daba a la mujer en garantía de la dote. castrenses. For. Los que el hijo de familia adquiría por la milicia o con ocasión del servicio militar.! cuas! castrenses. For. Los que el hijo de familia adquiría por el ejercicio de la magistratura. Hoy se incluyen en esta denominación todos los que adquiere por el desempeño de un cargo público o privado, no implicando trabajo manual. de abadengo. Los que estaban situados dentro del territorio jurisdiccional de los abades o cualesquiera otras autoridades eclesiásticas. de abolengo. For. Los heredados de los abuelos. de aprovechamiento común. Los comunales usufructuables por cada uno y que pertenecen a todos. Il de difuntos. En nuestras colonias, los de españoles que en ellas morían, hallándose ausentes los herederos. ] de tortuna Rienes. ! de ninguno. Los que o no han tenido nunca dueño, o fueron por él abandonados. ! de proplos. Blenes propios. H de realengo. Los que estaban afectos a los tributos y derechos reales, a diferencia de otros libres de todo o de algún gravamen dotales. For. Los que constituyen la dote de la desposada. torales. For. Los que su dueño concede a otra persona mediante el pago de cierto número de cuotas anuales, si bien reservándose el primero temporalmente el dominio directo de los bienes enajenados. Il tunglbles. For. Aquellos que no se pueden usar sin consumirlos, o sin apreciable menoscabo de su valor. Il gananciales. For. Los adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio, no siendo por donación o herencia.! For. Rentas y frutos de los bienes propios de cada uno. ! herldos. Los que tienen algún gravamen. || Inmuebles. Bienes raices. libres. Aquellos cuya posesión no está perpetuada dentro de una familia. mostrencos. Los muebles o semovientes que por carecer de dueño conocido pasan a ser propiedad del Estado. Bienes de ninguno. I muebles. Los que se pueden trasladar o llevar de una parte a otra. ! nacionales. Lo que son propiedad del estado. [ para fernales. For. Los que además de la dote lleva la mujer al matrimonio, y los adquiridos durante él por título no oneroso, sino lucrativo. [ profectlclos. For. Los que adquiere el hijo sometido a la patria potestad con los de su padre, o le vienen por su respecto. proplos. Los comunales, cuyos productos se destinaban a obras de utilidad común. ! ralces. Los que consisten en tierras y posesiones. rellctos. For. Los que alguno dejó o de él quedaron a su fallecimiento. ll reservables o reservativos. For. Los que el cónyuge viudo al contraer nuevas nupcias está obligado a reservar como propiedad de los hijos habidos en el anterior matrimonio. secularizados. Los que pertenecieron a la Iglesia, hoy desamortizados.! se dientes. Hacienda del campo o bienes raîces. I semovlentes. Ganado de cualquier especie. J sitos o sitlos. Bienes sedientes. troncales. For. Los que a la muerte del poseedor deben volver a la línea, tronco o raíz de donde proceden. ! vacantes. Los inmuebles sin dueño conocido. Aprehender los blenes. frs. For. pr. Ar. Embargarlos. Pitir a bitar. mr. aur. Dt butar grada Blen así como, o bien como. m. adv. y conjunt. Así como, de igual modo que. Bien que. m. conjunt. Aunque. || De bien a bien. m. adv. Bien a bien. || De bien en mejor. m. adv. Cada vez con más acierto, o más prósperamente. Desamparar uno sus bienes. frs. For. Hacer dejación de ellos para eludir el pago de una deuda.! Ejecutar en los bienes a uno. frs. For. Embargarlos y venderlos por auto judicial, para hacer efectivo el pago de una deuda. || Por blen. m. adv. Bien a blen. Si bien. m. conjunt. equivalente a aunque. || Tener uno a blen, o por blen. frs. Estimar justo o conveniente, querer o dignarse mandar o hacer alguna cosa. || Y bien. expr. que sirve para introducirse a preguntar alguna çosa. Y BIEN, ¡ qué hay de nuestro asunto!; Y BIEN, ¿qué me cuentas de tu viaje?
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