secuestro
En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Sequestro, pág. 93 · el artículo y su página del original →
SEQUESTRO, s.m. Deposito judicial, que se hace en un tercero de alguna alhaja litigiosa, hasta que se decida à quien pertenece. Lat. Sequestrum, i. Recop. or INo. lib. 5. tit. 10.L.8. En todas nuestras Indias no se hagan embargos, ni sequestros de bienes de los vecinos estautes, y habitantes en ellas, si no fuere por deliros.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Secuestro, pág. 451 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO, accion de secuestrar, ó de sacar una prenda por justicia para asegurar una deuda. Fr. Saisie, gagere, gagerie. Lat. Pigneratio, bonorum obsignatio. It. Sequestro di mobili. SECUESTRO, depósito de una alhaja sobre que se pleitea. Fr. Sequestre. Lat. Depositum sequestrarium, sequestraria actio. It. Sequestro. Secuestro, depositario de la alhaja secuestrada; pero no tiene casi uso. Fr. Sequestre. Lat. SECUESTRO, mediador, arbitro. V. Fr. Mediateur. Lat. Sequester, intercessor, mediator. It. Mezzano.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 791 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. s. m. Depósito judicial que se hace en un tercero de alguna alhaja litigiosa, hasta que se decida á quien pertenece. Sequestrum. || La persona en quien se hace depósito judicial &c. Is cui seques trum committitur. || Lo mismo que JUEZ ÁRBITRO Ó mediador.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 748 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. La persona en quien se hace depósito judicial ec. Ls cui sequestrum committitur. || JUEZ ÁRBITRO Ó MEDIADOR.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Secuestro, pág. 688 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. m. Apoderamiento y extraccion hecha judicialmente de bienes para pago de una deuda. Depósito de ellos en un tercero, cuando se litiga su pertenencia.] Persona en quien se hace depósito judicial. I JUEZ ARBITRO Ó MEDIADOR.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 659 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. m. Depósito judicial que se hace de alguna alhaja en un tercero, hasta que se decida á quien pertenece. Algunas veces se toma por EMBARGO. Secuestro datum || La persona en quien se hace depósito judicial etc. Sequester. JUEZ ÁRBITRO Ó MEDIADOR.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Secuestro, pág. 1551 · el artículo y su página del original →
Secuestro, s. m. Depósito judicial que se hace de alguna alhaja ú otra cosa en un tercero, hasta que se decida á quien pertenece. Algunas veces se to ma por embargo. Y. este. || La persona en quien se hace depósito judicial etc. IV. Juez ÁRBrrRo Ó MEDIADOR. || El acto y el efecto ú el necho de secuestrar
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Secuestro, pág. 985 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. m. Depósito judicial que se hace de alguna al haja en un tercero, hasta que se decida á quién pertenece. Al gunas veces se toma por EMBARdO. Sequestro datum. !l La per sona en quien se hace depósito judicial etc. Sequester. || JUE ARBITRO Ó MEDIADOR.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 632 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. m. Depósito judicial que se hace de alguna alhaja en un tercero, hasta que se decida á quién pertenece. Algunas veces se toma por EMBARGO. Sequesiro datuun. || Los bienes secuestrados.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 704 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. m. Depósito judicial que se hace de una alhaja en un tercero hasta que se decida á quién pertenece. Algunas veces se toma por EMBARGO. || Los bienes secuestrados. 0 a e,
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Secuestro, pág. 934 · el artículo y su página del original →
Secuestro. Masculino. Depósito judicial que se hace de una alhaja en un tercero hasta que se decida á quien pertenece. Algunas veces se toma por EMBARGO.] Los bienes secuestrados. ETIMOLOGÍA 1. Latin séquestrum, forma sustantiva de sèqui, seguir, porque es lo que sigue, como si dijéramos la secuela de los procedimientos judiciales: catalán, segrest, sequestre; provenzal, sequestre; francés, séquestre; italiano, sequestro. (ETIMOLOGISTAS LATINOS.) 2. La e breve de séquestrum representa sin duda la e breve de séqui, seguir.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Secuestro, pág. 963 · el artículo y su página del original →
secuestro. (Del lat. seguestram.) m. Depósito judicial que se hace de una alhaja en un tercero hasta que se decida á quién pertenece. ! Embargo, 4.a acep. Bienes secuestrados. ! Aprehensión que los ladrones hacen de una persona acomo. dada, exigiendo dinero por su rescate.] Cir. Porción de hueso mortificada y sepa rada de la parte viva.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Secuestro, pág. 281 · el artículo y su página del original →
Secuestro. Masculino. Depósito judicial que se hace de una alhaja en un tercero hasta que se decida á quién pertenece. Algunas veces se toma por EMBARGO. || Los bienes secuestrados. ETIMOLOGÍA. Del latín sequestrum, forma sustantiva de sequi, seguir, porque es lo que sigue, como si dijéramos la secuela de los procedimientos judiciales: catalán, segrest, sequestre; francés, séquestre; italiano, sequestro.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Secuestro, pág. 1496 · el artículo y su página del original →
SECUESTRO. (del lat. sequestrum). m. Acción y efecto de seouestrar. || Juez árbitro o mediador. || Bienes secuestrados. || Cir. Porción de hueso mortificada que subsiste en el cuerpo scparada de la parte viva.
acepción con acepción en el diccionario oficial →