resguardo
En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Resguardo, pág. 593 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. f. m. La guarda y feguridad que se pone en alguna cosa. Lat. Caut io. Pramunilio, Arcaz. Chron. Decad. 1. Año 2. cap.2.S.1. La distribuian... parte en acudir al desamparo de las viudas, y al respuardo y castidad de las doncellas, parte en otras obras semejantes de misericordia Christiana. RESGUARDO. Se toma por lo mismo que defensa, ò reparo. Lat. Præmunitio. Subsid:um. SoLis, Hist. de Nuev. Esp. lib.2. cap. 2. Que en aquel parage estaba con poco resguaráo, contra los vienios Seprentrionales. RESGUaRoo. Se toma assimismo por la seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. Lat. Cautio. RESIDENCIA. f. s. Morada, domicilio ò assittencia continua eo algun lugar. Es…
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Resguardo, pág. 355 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. V. Carta de pago, caucion, va: le, recibo. Yy 2 RESGUARDO, para una deuda, ó de una deuda. V. Crédito, vale. RESGUARDO JUDICIAL, término de la sentencia de absolucion acerca de alguna causa, culpa imputada, &c. Fr. Decharge. Lat. Liberatio culpae. It. Liberazione. RESGUARDO, guarda, custodia. Fr. Abri, defense. Lat. Custodia. It. Siccurezza. RESGUARDO, fortificacion, baluarte, &c. Fr. Rempart, rampart. Lat. Agger, vallum, propugnaculum. It. Argine. V. Herr. Dicc. Dícese tambien en la moral : el resguardo de la lei es el temor de Dios.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Résguardo, pág. 757 · el artículo y su página del original →
RÉSGUARDO. s. m. La guarda y seguridad que se pone en alguna cosa. Cautio, praemunitio RESGUARDO. Lo mismo que DEFENSA ó reparo. || La seguridad que por escrito se ha ce en las deudas o contratos. Cautio. || El cuidado de zelar que no se introduzcan generos de contrabando ó sin pagar los derechos los que los adeudan. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 717 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. s. m. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. Cautio, Premunitio. || Defensa ó reparo. || La seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. Cautio. || El cuidado de zelar que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar. los derechos los que los adeudan. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 632 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. m. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. Cautio, praemunitio. Y) Defensa ó reparo. Tutamen. || La seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. Cautio. || El cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando, ó sin pagar los derechos los que losadeudan. Mercium adventantium inspectionis et vectigalium solvendorum cura. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos. Ministrorum vectigalibus colligendis, et interdictis mercibus abigendis turba.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Resguardo, pág. 1504 · el artículo y su página del original →
Resguardo, s. m. La accion y el efecto de resguardar y resguardarse. || La guarda y seguridad que se pone en alguna cosa. || Defensa ó reparo. || La seguridad ó garantía que por escrito se hace ó se da en las deudas ó contratas etc. || El cuidado de celar que no se introdúzcan géneros de contrabando, ó sin pagar sus derechos los que los adeúdan etc. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introdúzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Resguardo, pág. 946 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. m. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. Cautio, praemunitio. || Defensa ó reparo. Tutamen l La seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. Cautio. [) El cuidado de celar que no se introduzcan géne ros de contrabando, ó sin pagar los derechos los que los adeu dan. Mercium adventantium inspectionis et vectigalium solvendorum cura. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin paga los derechos. Minis trorum vectigalibus colligendis, et interdic tis mercibus abigendis turba.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 606 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. m. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. Cautio, pramaenito. ensa Ó reparo. Tutamen. || seguridad que por escritó se hace en las deudas ó con» tratos, Cautio, || El cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando, ó sin paa los derechos los que los adeudan. Merciumn ventanlium inspeciiomás et vectigaliwne soluendorum cura. l conjunto de los empleados en. el cuidado de que no se introduzcan gúsecos de contrabando y o, sin ar los derechos. ist ? Sa Us, el inter dictis mercibus abigendis turba.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 677 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. m. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. || Defensa ó reparo. || La seguridad que por escrito-se hace en las deudas ó contratos. || El cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos los que los adeudan. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Resguardo, pág. 683 · el artículo y su página del original →
Resguardo. Masculino. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. Defensa ó reparo. La seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. ! El cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos los que los adeudan. I El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos. ETIMOLOGÍA Resguardar: catalán, resquart; italiano, risguardo, risguardamento.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 926 · el artículo y su página del original →
Resguardo. (De resguardar.) m. Guardia y seguridad que se pone en una cosa. ¡ Defensa ó reparo. « Seguridad que por escrito se hace en las deudas ó con tratos. ! Cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos los que los adeudan Conjunto de los empleados que cuidan de que no se introduzcan generos de con trabando ó sin pagar los derechos establecidos.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Resguardo, pág. 158 · el artículo y su página del original →
Resguardo. Masculino. La guardia y seguridad que se pone en alguna cosa. !Defensa ó reparo. !] La seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. || El cuidado de celar que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos los que los adeudan. || El conjunto de los empleados en el cuidado de que no se introduzcan géneros de contrabando ó sin pagar los derechos. ETIMOLOGIA. De resguardar: catalán, resguart; italiano, risguardo, risguardamento.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Resguardo, pág. 867 · el artículo y su página del original →
Resguardo. (Do resguardar.) Mm. Guardia y seguridad que se pone en una cosa. || Defensa ó reparo. || Seguridad que por escrito se hace en las deudas ó contratos. || Guarda ó custodia de un paraje para que por allí no se introduzca contrabando ó matute. || Cuerpo de empleados destinados á este servicio.|| Mar. Distancia proporcionada que por precaución toma el buque al pasar cerca de un punto peligroso.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Resguardo, pág. 1448 · el artículo y su página del original →
RESGUARDO. (de resguardar). m. Guardia y seguridad que se pone en una cosa.! Defensa o reparo. || Seguridad que por escrito se hace en las deudas o contratos.! Guarda o custodia de un paraje para que no se introduzca por allí contrabando o matute. || Cuerpo de empleados destinados a este servicio. || Amér. En Cuba, jirón o zona de terreno donde se permitía entrar a los animales de la hacienda vecina por la imposibilidad de evitar que pasasen los límites no acotados. || Mar Distancia proporcionada que por pre caución toma el buque al pasar cerca de un punto peligroso. RESIDEfCIA. (del lat. residens, entem. residente). f. Acción y efecto de residir. Lugar en que se reside. || Casa de jesuitas…
acepción con acepción en el diccionario oficial →