relevacion
En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Relevacion, pág. 558 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. s.f. La accion de relevar. Lat. Remissio. Liberatio. RBIEVACIÓN. Vale tambien alivio en la carga ù obligacion, que se esla precisado à llevar ò contribuir. Lat. Remisuo. Liberatio oneris. RELEVAcIÓN. Vale atsimilmo perdon o exoneraciòn de algun gravamen. Lat. Oneris remistio.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Relevacion, pág. 332 · el artículo y su página del original →
RELEVACION, la accion de relevar, perdon, alivio, remision. V.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Relevacion, pág. 747 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. S. f. La accion de relevar. Remis sio, liber atio. || Alivio de la carga ú obligacion que se debe llevar ó cumplir. Remissio, liberatio oncris. || Perdon ó exoneracion de algun gravámen. Oneris remis sio.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Relevacion, pág. 707 · el artículo y su página del original →
RELE VACION. s. f. La accion de relevar. Remissio, Iiberatio. RELEVACION. Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligacion que se debe cumplir. Remissio , liberatio ontris. RELEVACION. Perdon ó exoneracion de algun gravámen. Oneris remissio.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Relevacion, pág. 650 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. f. Accion de relevar. A Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligacion que se debe cumplir. 1l Perdon ó exoneracion de algun gravámen.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Relevacion, pág. 624 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. f. La accion de relevar, Reminio, liberatio. Y Alivio de la carga que se debe llevaró de la obligacion que se debe cumplir. Remissio, liberatio oneris. || Perdon ó exoneracion de algun gravámen. Oneris remismio.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Relevacion, pág. 1491 · el artículo y su página del original →
Relevacion, s. f. La accion y el efecto do relevar y relevarse. ¡ Alivio de la carga qne se debe llevar , ó de la obligacion que se debe cumplir. || Perdon, remision ó exoneración de algun gravámen etc.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Relevacion, pág. 934 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. f. La accion de relevar. Remissio, liberatio Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligacion que se debe cumplir. Remissio, liberatio oneris. ! Perdon ó exoneracion de algun gravámen. On eris remissio
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Relevacion, pág. 670 · el artículo y su página del original →
RELEVACION. f. La accion de relevar. || Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligacion que se debe cumplir. || Perdon ó exoneracion de algun gravámen. || For. Exencion de alguna obligacion general, como: RELEVACION de fianza, de prueba.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Relevación, pág. 653 · el artículo y su página del original →
Relevación. Femenino. La acción de relevar. Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligación que se debe cumplir. [ Perdón ó exoneración de algún gravamen, I Forense. Exención de alguna obligación gene ral, como: RELEVACIÓN de fianza, de prueba. ETIMOLOGÍA. Relevar: latin, rélèvatío, descarga, hablándose de un peso, forma sustantiva abstracta de rélèvãtus, relevado: francés, relèvement; italiano, rilevamento; provenzal, relevament.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Relevación, pág. 916 · el artículo y su página del original →
Relevación. (Del lat. releratio.) f. Acción de relevar. ] Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligación que se debe cumplir. ! Perdón ó exoneración de un gravamen. ] For. Exención de una obligación general. RELEVACIÓN de fianza, de prueba.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Relevación, pág. 122 · el artículo y su página del original →
Relevación. Femenino. La acción de relevar. ! Alivio de la carga que se debe llevar ó de la obligación que se debe cumplir. I Perdón ó exoneración de algún gravamen. I Forense. Exención de alguna obligación geneneral; como: RELEVACIÓN de fianza, de prueba. ETIMOLOGÍA. Del latin relevatio, descarga, hablándose de un peso, forma sustantiva abstracta de relevatus, relevado: francés, relèvement; italiano, rilevamento.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Relevación, pág. 859 · el artículo y su página del original →
Relevación. (Del lat. relevatio.) f. Acción de relevar. || Alivio de la carga que se debe lievar o de la obligación que se debe cumplir. Perdon o exoneración de un gravamen. For, Exención de una obligación general. RELEVACIÓN de lanza. de prueba.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Relevación, pág. 1438 · el artículo y su página del original →
RELEVACIÓN. (del lat. relezatío, onem). f. Acción y efecto de relevar. || Alivio de la carga que se debe Neyar o de la obligación que se debe cumplir. || Perdón o exoneración de un gravamen. || For. Exención de una obligación general. RELEVACIÓN de prueba.
acepción con acepción en el diccionario oficial →