regionalismo
En 2 obras de la biblioteca, de 1899 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Regionalismo, pág. 856 · el artículo y su página del original →
Regionalismo. (De regional) m. Tendencia Ó doctrina política segun las cuales en el gobierno de un estado debe atenderse especialmente al modo de ser y á las aspiraciones de cada región. || Amor ó apego á determinada región de un estado y á las cosas pertenecientes ella.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Regionalismo, pág. 1434 · el artículo y su página del original →
REGIONALISMO. (de regional). m. Tendencia o doctrina política según las cuales en el gobierno de un Estado debe atenderse especialmente al modo de ser y a las aspiraciones de cada región. || Amor o apego a determinada región de un Estado y a las cosas que pertenecen a ella.