redhibir
En 4 obras de la biblioteca, de 1884 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Redhibir, pág. 909 · el artículo y su página del original →
Redhibir. (Del lat, redhibere.) a. Des hacer el comprador la venta, según dere cho, por no haberle manifestado el ven dedor el vicio ó gravamen de la cosa vendida.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Redhibir, pág. 92 · el artículo y su página del original →
Redhibir. Activo. Deshacer el comprador la venta, según derecho, por no haberle manifestado el vendedor el vicio ó gravamen de la cosa vendida. ETIMOLOGÍA. Del latin redhibère. Redhibitorio, ria. Adjetivoforense que se aplica á la acción que compete al comprador para deshacer la venta por no haberle el vendedor manifestado el vicio ó gravamen de la cosa vendida. ETIMOLOGÍA. Del latin redhibitorius: francés, rédhibitoire; italiano, redibitorio.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Redhibir, pág. 852 · el artículo y su página del original →
Redhibir. (Del lat. redhidere.) a. Deshacer el comprador la venta, según derecho, por no haberle manifestado cl vendedor el vicio ó gravamen de la cosa vendida.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Redhibir, pág. 1429 · el artículo y su página del original →
REDHIBIR. (del lat. redhibere). v. a. Deshacer el comprador la venta, según derecho, por haberle ocultado el vendedor algún vicio o gravamen de la cosa vendida.
acepción con acepción en el diccionario oficial →