partible
En 15 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Partible, pág. 138 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE, adi. de una term. Lo que se puede ù debe partir. Lat. Quad partiri potest. FONSEC. Vid, de Christ, tom. 1. lib.1. cap.5. Poco digo, si Cielo y tierra, elementos,Angeles y forinas apartadas de matéria fuessen partibles y divididas en las mas pequeñas partes. PARTICION.Ct. Division ò repartimiento, que se hace entre algunas persônas, de hacienda, herencia ò cosa semcjante. Es del Latino Partitio. FUENM. S-PioV. f.137. Entraron en particid́u, ciento y sescota y nne galeras. CORR. Argeo. lib.3.f.158. Ansi crece el interés à los Procuradores, ansi à los Jueces, muchas particiónes, muchas relaciones, aunque fuera mejor en una.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Partible, pág. 48 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE, divisible. V. Fr. Partageable. Lat. Partibilis. It. Partibile. IN PARTIBUS, voz latina que el uso ha hecho Española y Francesa: dícese de un Obispo. Obispo in partibus, aquel á quien se dió el título en un terreno de infieles, y así se entiende siempre in partibus infidelium. Esta costumbre empezó cuando se perdieron los Santos Lugares, echando los Sarracenos á los Cristianos de Jerusalen y Oriente, porque la esperanza de volverlos á recobrar, hizo que se prosiguiese señalando Obispos, donde los habia, y luego para las Coadjutorías, &c. para que puedan ordenar, consagrar, y ejercer los demas ministerlos de Obispos.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Partiblé, pág. 642 · el artículo y su página del original →
PARTIBLÉ. adi. Lo que se puede ó debe partir. Quod dividi potest aut debet
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Partiblé, pág. 603 · el artículo y su página del original →
PARTIBLÉ. adj. Lo que se puede ó debe-partir. Quod dividi potest aut Aebes.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Partible, pág. 560 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. adj. Que se puede ó debepartir.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Partible, pág. 535 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. adj. Lo que se puede ó debe partir. Quod dividi potest aut debetN.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Partible, pág. 1337 · el artículo y su página del original →
Partible, adj. Susceptible de ser partido; divisible. || Bot. Susceptible de dividirse espontáneamente en la época de la madurez.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Partible, pág. 804 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. adj. Lo que se puede ó debe partir. Quod diviat nutess aus dale 1PARTIBLEMENTE. adv. m. Por partes. Partiliter.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Partible, pág. 512 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. adj. Lo que se puede ó debe partir. Quod dividi priest aut debet. PARTICIO)N. f. Division óÓ repartimiento que se hace entre algunas personas, de hacienda, herencia Ó cosa semejante. Partitio, divisio.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Partible, pág. 577 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. adj. Lo que se puede ó debe partir.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Partible, pág. 113 · el artículo y su página del original →
Partible. Adjetivo. Lo q de ó debe partir. ETIMOLOGÍA. Partir: latín, partibĩlis; italiano, partibile; francés y catalán, partible.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Partible, pág. 793 · el artículo y su página del original →
Partible. (Dellat, partibilis.) adj. Que se puede ó debe partir.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Partible, pág. 707 · el artículo y su página del original →
Partible. Adjetivo. Lo que se puede ó debo partir. ETIMOLOGÍA. Del latin partibilis: italiano, partibile; francés y catalán, partible.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Partible, pág. 745 · el artículo y su página del original →
Partible. (Del lat. partibilis.) adj. Que se puede ó debe partir.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Partible, pág. 1270 · el artículo y su página del original →
PARTIBLE. (del lat, partibulis). adiQue se puede o debe partir
acepción con acepción en el diccionario oficial →