nutuo
En 2 obras de la biblioteca, de 1822 a 1843: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Nutuo, pág. 555 · el artículo y su página del original →
MUTUO, TUA. adj. que se aplica y dice de lo que reciprocamente se hace entre dos Ó mas personas ó cosas inmateriales. Mutuus. MUTUO. for. Contrato en que se da una cantidad de dinero, aceite, granos ú otra cosa semejante, con la obligacion de volver otra tanta sin interes alguno, que es lo mismo que prestamo. Úsase regularmente como sustantivo. Mutuum.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Nutuo, pág. 492 · el artículo y su página del original →
MUTUO, TUA. adj. que se aplica y dice de lo que recíprocamente se hace entre dos ó mas personas ó cosas inmateriales. Mutuus. || for. Contrato en que se da una cantidad de dinero, aceite, granos ú otra cosa semejante , con la obligacion de volver otra tanta sin interés alguno, que es lo mismo que préstamo. Se usa regularmente como sustantivo. Mutuum.
acepción con acepción en el diccionario oficial →