La historia de una palabra

moratoria

En 13 obras de la biblioteca, de 1786 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1786-1793 Terreros

Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra

Moratoria, pág. 617 · el artículo y su página del original →

MORATORIA, en lo forense, se dice del instrumento dilatorio, que se da para alguna paga, prueb; &E--Dalctre:LIeMaivtini-ntlChe ritarda. V. Espera. En los despachos Reales para los Labradores se entiende la moratoria para que no se pueda apremiar á los Labradores en Junio, Julio, y Agosto.

1817 Oficial 1817

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 584 · el artículo y su página del original →

MORATORIA.S F. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que no apremien al deudor a la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio. MORBIDEŹ. s. t. Pint. 9 Esc. Blandura ó suavidad. Teneritas, mollitudo.

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 546 · el artículo y su página del original →

MORATORIA.s. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que no apremien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Moratoria, pág. 512 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que yo apremien al deudor á la paga por tiempo determinado.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 485 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos , para que no apre mien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Moratoria, pág. 1224 · el artículo y su página del original →

Moratoria, s. f. Demora, plazo ó espera concedida por el rey, ó por algun tribunal supremo, para que durante un término prefijado no se apremie al deudor.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Moratoria, pág. 731 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos, para que no apremien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 463 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. f. for. Espera concedida por el Rey ó 8us tribunales supremos, para que no se apremia al deudor 4. la. nasa por tiemapa delermir nado. Temporis prorogatio.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 520 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. f. for. Espera que el Rey ó sus tribunales concedian para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado.

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Moratoria, pág. 823 · el artículo y su página del original →

Moratoria. Femenino. Forense. Espera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor a la paga por tiempo determinado. ETIMOLOGÍA. Moroso: catalán, moratoria; francés, moratoire.

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Moratoria, pág. 413 · el artículo y su página del original →

Moratoria. Femenino. Forense. Es. pera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado. ETIMOLOGÍA. Del latín moratorius, dilatorio (ACADEMIA): catalán, mioratória; francés, moratoire.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Moratoria, pág. 673 · el artículo y su página del original →

Moratoria. (Del lat, moratorius, dilatorio.) f. Plazo que se otorga para solventar una deuda vencida. For. Espera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Moratoria, pág. 1164 · el artículo y su página del original →

MORATORIA. (del lat, moratoria, term. f. de moratorius, dile torio). f. Plazo que se otorga para solventar una deuda vencida. || For. Espera que el rey o sus tribunales concedían al deudor para que no se le obligase al pago por tiempo determinado. MÔRATORIO, RIA. (del lat, moratorius). adj. Que otorga un plazo o espera. || Perteneciente o relativo a la moratoria. Intereses MORATORIOS.

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