moratoria
En 13 obras de la biblioteca, de 1786 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Moratoria, pág. 617 · el artículo y su página del original →
MORATORIA, en lo forense, se dice del instrumento dilatorio, que se da para alguna paga, prueb; &E--Dalctre:LIeMaivtini-ntlChe ritarda. V. Espera. En los despachos Reales para los Labradores se entiende la moratoria para que no se pueda apremiar á los Labradores en Junio, Julio, y Agosto.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 584 · el artículo y su página del original →
MORATORIA.S F. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que no apremien al deudor a la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio. MORBIDEŹ. s. t. Pint. 9 Esc. Blandura ó suavidad. Teneritas, mollitudo.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 546 · el artículo y su página del original →
MORATORIA.s. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que no apremien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Moratoria, pág. 512 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos para que yo apremien al deudor á la paga por tiempo determinado.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 485 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos , para que no apre mien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Moratoria, pág. 1224 · el artículo y su página del original →
Moratoria, s. f. Demora, plazo ó espera concedida por el rey, ó por algun tribunal supremo, para que durante un término prefijado no se apremie al deudor.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Moratoria, pág. 731 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. f. Espera concedida por el rey ó sus tribunales supremos, para que no apremien al deudor á la paga por tiempo determinado. Temporis prorogatio.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 463 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. f. for. Espera concedida por el Rey ó 8us tribunales supremos, para que no se apremia al deudor 4. la. nasa por tiemapa delermir nado. Temporis prorogatio.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 520 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. f. for. Espera que el Rey ó sus tribunales concedian para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Moratoria, pág. 823 · el artículo y su página del original →
Moratoria. Femenino. Forense. Espera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor a la paga por tiempo determinado. ETIMOLOGÍA. Moroso: catalán, moratoria; francés, moratoire.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Moratoria, pág. 413 · el artículo y su página del original →
Moratoria. Femenino. Forense. Es. pera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado. ETIMOLOGÍA. Del latín moratorius, dilatorio (ACADEMIA): catalán, mioratória; francés, moratoire.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Moratoria, pág. 673 · el artículo y su página del original →
Moratoria. (Del lat, moratorius, dilatorio.) f. Plazo que se otorga para solventar una deuda vencida. For. Espera que el rey ó sus tribunales concedían para que no se apremiase al deudor á la paga por tiempo determinado.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Moratoria, pág. 1164 · el artículo y su página del original →
MORATORIA. (del lat, moratoria, term. f. de moratorius, dile torio). f. Plazo que se otorga para solventar una deuda vencida. || For. Espera que el rey o sus tribunales concedían al deudor para que no se le obligase al pago por tiempo determinado. MÔRATORIO, RIA. (del lat, moratorius). adj. Que otorga un plazo o espera. || Perteneciente o relativo a la moratoria. Intereses MORATORIOS.
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