manero
En 13 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Manero, pág. 476 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. Lo que es à propósito y se puede traher ò tener à la mano. Lat. Manualis. MANERO. En la Volateria se llama el azór ò halcon que viene à la mano. Lat. Manualis. VALL. Cctrcr. lib.1.cap. 10. Y hasta que el azor azòr esté mui manéro y seguro, no le llamen sin fiadót.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Manero, pág. 511 · el artículo y su página del original →
MANERO, manual. V. Y la vida de San de la Cabeza. MANERO, en la volatersa Halcon, que á la mano. Fr. Qui vient á la main. I nualis. V. Amaestrado. MANERO, delicado, astuto. V. Y Cerv. jot. t. 2. c. 1. El mas justo, y el mas, breve, &c.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Manero, pág. 512 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. ant. Decíase del deudor - que se sustituia para pagar ó cumplir la obligacion de otro. Subrogatas debitor MANERO. Cetr. Se aplica al azor ó halcon que está enseñado á venir á la mano. Mansuetus.
Manero, pág. 517 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. Sagaz, astuto. Sagaz, soler || ant. FIADOR ó delegado para pagar POR otro. || ant. ESTÉRIL. || ant. El que muere sin sucesion legíti. ma. Qui absque liberis decessir. MARRERO. Se aplica al vecino y 4: la vecindad rente y artificiosa. MANERUÉLO, LA. ai.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Manero, pág. 481 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. ant. Decíase del , deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligacion de otro. I Cetr, «$6 aplica al azor ó halcon que está enseñado á venir á la mano.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Manero, pág. 455 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. ant. Decíase del deudor que se sustituia para pagar ó cumplir la obligacion de otro. Subrogatus debitor. G) Cetr. Se aplica al azor ó halcon que está enseñado á vener á lamano. Mansuctus.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Manero, pág. 1136 · el artículo y su página del original →
Manero, ra, adj. ant. Epíteto que se aplicó antiguamente á la persona que se constituía á cumplir las obligaciones contraidas por otro. || Cetr. Dícese del halcon ó azor enseñado á venir á la mano. ( s. m. pl. Hist. Canto lúgubre de los antiguos egipcios.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Manero, pág. 686 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adi. ant. Decíase del deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligacion de otro. Subrogatus debitor. || Cetr. Se aplica al azor ó halcon que está enseñado á venir a la mano. Mansuetus. || —m ant. Próroga, dilacion, ó medio.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Manero, pág. 484 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. ant. Deciase del deudor que -se sustituia para pagar ó cumplir la obligacion de otro. || Cetr. Se aplica al azor ó alcon que está enseñado á venir á la mano.
Manero, pág. 490 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. adj. Sagaz, astuto. || ant. Fiador ó delegado para pagar por otro. || ant. EsTÉ- RIL. || ant. El que moria sin sucesion legítima.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Manero, pág. 615 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. Adjetivo anticuado. Decíase del deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligación de otro. I Cetrería. Se aplica al azor ó halcón que está enseñado á venir á la manc. Nombre patronímico. ETIMOLOGÍA. Mano. Maneruelo, la. Adjetivo anticuado. Manejable, fácil de acomodar.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Manero, pág. 670 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. adj ant. Deciase del deudor que se sustituia para pagar ó cum plir la obligación de otro. Cetr. Aplicase al azor o halcón enseñado á venir á la mano.
Manero, pág. 677 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. (De maña.) adj. Sagaz, astuto. [ Fácil de tratarse, ejecutarse ó manejarse. ! ant. Fiador ó delegado para pagar por otro.
Manero, pág. 677 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. (Del ant. alto al. man na, hombre.) adj. ant. Estéril. (ant. Muer to sin sucesión legítima.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Manero, pág. 227 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. Adjetivo anticuado. Decíase del deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligación de otro. ! Cetrería. Se aplica al azor ó halcón que está enseñado á venir á la mano. ! Nombre patronímico. ETIMOLOGÍA. De mano. Maneruelo, la. Adjetivo anticuado. Manejable, fácil de acomodar.
Manero, pág. 227 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. Adjetivo anticuado. Deciase del deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligación de otro. || Cetrería. Se aplica al azor ó halcón que está enseñado á venir á la mano. ! Nombre patronímico. ETIMOLOGIA. De mano. Maneruelo, la. Adjetivo anticuado. Manejable, fácil de acomodar.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Manero, pág. 627 · el artículo y su página del original →
Manero, ra. adj. ant. Deciase del deudor que se sustituía para pagar ó cumplir la obligación de otro. || Cetr. Aplícase al azor ó halcón enseñado á venir á la mano.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Manero, pág. 1077 · el artículo y su página del original →
MANERO, RA. (del lat. manuarlus, de manuW, mano). adj. ant. Decíase del deudor que se substituía para pagar o cumplir la obligación de otro. || Cetr. V, Azor manero.
acepción con acepción en el diccionario oficial →