mancomun
En 2 obras de la biblioteca, de 1726 a 1846: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Mancomun, pág. 473 · el artículo y su página del original →
MANCOMUN. (. m. La unión de dos ò mas personas à la satisfaccion ù exceuciòn de alguna eosa. Usase regularmente como adverbio, diciendo De mancomún. Lat. Uaanimltòr. Pro communitate. Communi consmsa. Pic. Jusr. f.237. Celebrado este contrato de mancomúe, se fueron conmigo.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Mancomun, pág. 1134 · el artículo y su página del original →
Mancomun, (De) mod. adv. De acuerdo, en union, convenidos unos con otros. || For. Obligándose dos ó mas personas en un mismo negocio y á una misma cosa, de manera que todas pué. dan ser apremiadas á un tiempo al cumplimiento.