lastar
En 16 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1611 Covarrubias
Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra
LASTAR, pág. 1068 · el artículo y su página del original →
LASTAR es hazer el gasto en al guna cosa con animo y con derecho de recobrar lo de otro, a cuya cuenta se pone: quando yo he sido fiador de vno, y me han hecho pagar por el la deuda principal, y costas: se me da carta de pago y lasto para cobrar de la parte a quiẽ fiut y dizese lasto, las costas que me han hecho por el. Y lastar quasi lustar â ver bo luo,tuis, por pagar.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Lastar, pág. 365 · el artículo y su página del original →
LASTAR, V.a. Pagar ò gastar por otro, reservando el derecho del recobro. Viene del Latino Luere,que signisica pagar. Lat. Pro aliquo solvere falvo proprio ture repetendi. LASTAR. En el sentido moral vale pagar, purgar y padecer la culpa y delito de otro. Lat. Luere. Pateic. Atgen. part. 1. hb.1. f.16. Qné orta cosa adviciren las fabulas que nos pintan à Licaon al cuello de Jupitet holpiral, sino à los Principes que lastan con impensados fines, el credito que dan a los extraños?
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Lastar, pág. 424 · el artículo y su página del original →
LASTAR, V. Carta de lasto. Er. Endurér, paier une peine. Lat. Pro alio sólvere salvo jure repeténdi. It. Spendere per uno, &c.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 518 · el artículo y su página del original →
LASTAR. v. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. Pro alio solvere salvo repetendi jure. LAATAR met. Padecer por la culpa de otro. Aliena delicta luere
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 483 · el artículo y su página del original →
LASTAR. v. a. Suollr lo-aye-etxo 'ato-pagar, con el derecho de reintegrarse. Pro alio solVErt, salvo repetendi jure. || met. Padecer por la culpa de otro. Aliga a delicta luere
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Lastar, pág. 456 · el artículo y su página del original →
LASTAR. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. I met Padecer por la culpa de otro.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 430 · el artículo y su página del original →
LASTAR. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse, Pro alio solvere, salvo repetendi jure. || met. Padecer por la culpa de otro. Aliena delicta luere.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Lastar, pág. 1069 · el artículo y su página del original →
Lastar, v. a. Abonar ó suplir por otro alguna cantidad, reservándose el derecho de reintegro. || Fig. Sufrir algun daño por causa de otro.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Lastar, pág. 649 · el artículo y su página del original →
LASTAR. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. Pro alto solvere, salvo repetendi jure. Ell ant PAGAR. IIl met. Padecer por la culpa de otro. Aliena delicia lue re. LII n. ant. Padecer, penar.]
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 411 · el artículo y su página del original →
LASTAR. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. Pro alio solvere, salvo repelendi jure. || met. Padecer por la culpa de otro. Aliena delicta luere.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 457 · el artículo y su página del original →
LASTAR. a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. || met. Padecer por la culpa de otro.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Lastar, pág. 339 · el artículo y su página del original →
Lastar. Activo. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. ] Metáfora. Padecer por la culpa de otro. ETIMOLOGÍA. Lasto.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 631 · el artículo y su página del original →
Lastar. (De lasto.) a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. ] fig. Padecer por la culpa de otro.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Lastar, pág. 78 · el artículo y su página del original →
Lastar. Activo. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. l Metáfora. Padecer por la culpa de otro. ETIMOLOGÍA. De lasto.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Lastar, pág. 589 · el artículo y su página del original →
Lastar. (De lasto.) a. Suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse. || fig. Padecer por la culpa de otro.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Lastar, pág. 1010 · el artículo y su página del original →
LASTAR. (de lasto). v. a. Suplir lo que debe pagar otro, con el derecho de reintegrarse. || Padecer por la culpa de otro. EISiEiti'T Te Ru: Filantie dumyuesvee dt California
acepción con acepción en el diccionario oficial →