La historia de una palabra

jurisperito

En 13 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1726-1739 Autoridades

la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra

Jurisperito, pág. 334 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. f. m. El sabio y docto en el derecho civil y Canónico. Regularmente se roma por el professor de leyes. Lat. Iurispecitus. Iurisconsuitut. QuEv. Mus.6. Rom.95, El barbón y loi bigótes se enfalda un Jurisperiro, por no sacarlos despais con cazcárriat yn racimo.

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

JUrisperito, pág. 476 · el artículo y su página del original →

URISPERITO. s. m. El profesor de jurisprudencia. Jurisperitus.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Jurisperito, pág. 450 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO, m. Profesor de jurisprudencia.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Jurisperito, pág. 424 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. m. El profesor de jurisprudencia. Jurisperitus.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Jurisperito, pág. 1042 · el artículo y su página del original →

Jurisperito, s. m. El profesor de jurisprudencia. || Legista; abogado.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Jurisperito, pág. 640 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. m. El profesor de jurisprudencia. Jurisperitus

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Jurisperito, pág. 405 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. m. El profesor de jurisprudencia ó6 el entendido en ella. Jurisperitus.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Jurisperito, pág. 450 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. m. El que conoce en toda su extension el derecho civil y canónico, aunque no se ejercite en las tareas del foro. .

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Jurisperito, pág. 282 · el artículo y su página del original →

Jurisperito. Masculino. El que conoce en toda su extensión el derecho civil y canónico, aunque no se ejercite en las tareas del foro. ETIMOLOGIA. Latín jurispéritus, docto en el derecho; de jus, juris, la justicia, la ley, y péritus, perito: italiano, giurisperito; catalán, jurispérit. Jurisprudencia. Femenino. La ciencia del derecho.[ El conjunto de principios legales que tiene un pueblo ó una época, en cuyo sentido se dice: LA JURISPRUDENCIA de los antiguos; LA JURISPRUDENCIA de los modernos; LA JURISPRUDENCIA romana; LA JURISPRUDENCIA española. ] Orden de hechos establecido por prácticas constantes, las cuales forman las tradiciones reglamentarias de una corporación, como cuando decimos…

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Jurisperito, pág. 621 · el artículo y su página del original →

Jurisperito. (Del lat. iurisperitus; de ius, iuris, derecho, y perîtus, perito.) m. El que conoce en toda su extensión el derecho civil y canónico, aunque no se ejercite en las tareas del foro.

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Jurisperito, pág. 38 · el artículo y su página del original →

Jurisperito. Masculino. El que «o noce en toda su extensión el derecho civil y canónico, aunque no se ejercite en las tareas del foro. ETIMOLOGÍA. Del latín iurisperitus, docto en el derecho; de ius, iuris, la justicia, y peritus, perito: italiano, giurisperito; catalán, jurispérit. Jurisprudencia. Femenino. La ciencia del derecho. [ El conjunto de principios legales que tiene un pueblo ó una época, en cuyo sentido se dice: LA JURISPRUDENCIA de los antigUOS, LA JURISPRUDENCIA de los modernos, LA JURISPRUDENCIA romana, LA JURISPRUDENCIA española. ! Orden de hechos establecido por prácticas constantes, las cuales forman las tradiciones reglamentarias de una corporación, como cuando decimos…

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Jurisperito, pág. 580 · el artículo y su página del original →

Jurisperito. (Del lat. turisperitus; de tues. iuris, derecho, y peritus, perito.) m. El que conoce en toda su extensión el derecho civil y canónico, aunque no se ejercite en las tareas del foro.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Jurisperito, pág. 991 · el artículo y su página del original →

JURISPERITO. (del lat. jurisperitus, de jus, juris, derecho, justicia, y peritus, perito). m. El que conoce en toda su extensión la ciencia del derecho, aunque no se ejercite en las tareas del foro.

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