jurio
En 12 obras de la biblioteca, de 1817 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 511 · el artículo y su página del original →
JURIO. s. m. ant. Lo mismo que JUAOÓ DERZ cno perpetuo de propiedad
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 476 · el artículo y su página del original →
JURIO. s. m. ant, JURO Ó DERECHO perpetuo de propiedad.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 424 · el artículo y su página del original →
JURIO. m. ant. JURO Ó DERECHO perpetuo de propiedad.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Jurio, pág. 1042 · el artículo y su página del original →
Jurio,s. m. ant. Y. Juno, en su primera acepcion.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Jurio, pág. 640 · el artículo y su página del original →
JURIO. m. ant. JUno ó derecho perpetuo de propiedad.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 405 · el artículo y su página del original →
JURIO. m. ant. Juro Ó DERECHO perpétuo de propiedad. JU NSULTO. m. El intérprete del derecho civil. Jurisconstlits. || JURISPERITO. rra E Poder ó autoridad Se tiene o para gobernar y poner en ej on las leyes. Jurisdictio. Jl Térraino de algun lugar ó provincia. Ditio, jurisdictio. || El territorio en que un juez ejerce sus facultades de tal. || Autoridad ó fuerza de alguna cosa sobre otra. Potestas. || DeLecADA. La que ejerce alguno en lugar de otro por comision que se le da para asunto y tiempo determinado. Fiduciaria 0pera, potestas. || Forzosa. for. La que tiene el superior ó juez respecto de sus súbditos. || on- DINARIA. for. La que procedo del fuero comun, en contraposición á la…
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 450 · el artículo y su página del original →
JURIO. m. ant. JURO Ó DERECHO perpétuo de propiedad.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Jurio, pág. 281 · el artículo y su página del original →
Jurio. Masculino anticuado. JURO ó DERECHO perpetuo de propiedad.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 621 · el artículo y su página del original →
Jurio. m. ant. Juro ó derecho perpe. tuo de propiedad.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Jurio, pág. 38 · el artículo y su página del original →
Jurio. Masculino anticuado. JURO Ó DERECHO perpetuo de propiedad.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Jurio, pág. 580 · el artículo y su página del original →
Jurio. m. ant. Juro ó derecho perpetuo de propiedad.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Jurio, pág. 991 · el artículo y su página del original →
JURIO. m. ant. Juro o derecho perpetuo de propiedad.
acepción con acepción en el diccionario oficial →