indemnizar
En 13 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Indemnizar, pág. 250 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. v. a. Hacer à alguno libre, indemne, ò exento de algun daño, previniendole ò precaviendole. Lat. Immunem, vel indemnem reddere.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Indemnizar, pág. 339 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR, resarcir las perdidas de alguno. Fr. Indemniser. Lat. Indémnem praestáre. It. Assicurare.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Indemnizar, pág. 490 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR v. a. Resarcir de algun daño é perjuicio. Usase tambien como reciproco. De damno cavere
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Indemnizar, pág. 456 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. v. a. Resarcir de algun daño ó perjuicio. Úsase tambien como reciproco, De damno cavere.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Indemnizar, pág. 430 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. a. Resarcir de algun daño ó perjuicio.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Indemnizar, pág. 405 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. a. Resarcir de algun daño ó perjuicio. Se usa tambien como recíproco. De damno cavere.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Indemnizar, pág. 991 · el artículo y su página del original →
Indemnizar, v. a. Reparar ó compensar daños recibidos; resarcir de perjuicios causados.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Indemnizar, pág. 611 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. a. Resarcir de algun daño ó perjuicio. Se usa tambien como reciproco, ne damno cavere. LIl r. Librarse, zafarse de un cargo, responsabilidad etc.1]
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Indemnizar, pág. 386 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. a. Resarcir de algun daño ó juicio. Se usa tambien como recíproco. De dem no cavere.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Indemnizar, pág. 430 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. a. Resarcir de algun daño ó perjuicio. Se usa tambien como recíproco.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Indemnizar, pág. 58 · el artículo y su página del original →
Indemnizar. Activo. Resarcir de algún daño ó perjuicio. Se usa tambien como recíproco. ETIMOLOGÍA. Indemne: francés, indemniser; italiano, indemnizzare; catalan, indemnisar.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Indemnizar, pág. 809 · el artículo y su página del original →
Indemnizar. Activo. Resarcir de algún daño ó perjuicio. Se usa también como reciproco. ETIMOLOGIA. De indemne: francés, indemniser; italiano, indemnizzare; catalán, indemnisar.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Indemnizar, pág. 940 · el artículo y su página del original →
INDEMNIZAR. (de indemne). v. a. Resarcir de un daño o perjuicio. U. || r.Rég. INDEANIZAR (à alguno) det perjuicio
acepción con acepción en el diccionario oficial →