La historia de una palabra

inapelable

En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1726-1739 Autoridades

la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra

Inapelable, pág. 236 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. de una term. que se aplica à la sentencia ù determinacion de que no se puede apelar. Es formado de la preposicion la y el verbo Apelar. Lat, Inappellabilis. INAPETENCIA. L.E. Falta de apetito y gana de comer. Es compuesto de la preposicion la y del nombre Apetencia. Lat. Gustus sen appetitás abicétio, vel privatio. CORN. Chron. tom.3. lib.1. cap. 58. Hallandosc en la ultima enfermedad, con snma mapettneia y hastio à todo linage de viandas, pidió se le buscassen unos paxarillos. INAPETENTE,adj. de una term. Termin. Médico. El que esta desganado de comer ò con inapeténcia. Lat. Qui appetitum, vel gustum amisit, vel eibum tædio babet. INAPLICACION. s. E. Falta de aplicacion…

1817 Oficial 1817

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra

Inapélable, pág. 487 · el artículo y su página del original →

INAPÉLABLE. adj. que se aplica á la sentencide que no se puede apelar. Judicium unde non licet appellare, velad superiorem judicem pro vocar.

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 453 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar. Judicium unde non licet appellare velad superiorem judicem pro- DVOCAre.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Inapelable, pág. 427 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 402 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar. Judicium unde non licet ad superiorem judicem provocare.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Inapelable, pág. 986 · el artículo y su página del original →

Inapelable, adj. Que no tiene apelacion.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Inapelable, pág. 607 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adi, que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar. Judicium undè non licet ad supertorem fudicem provocare.

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 384 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar. Judicium unde non licet ad superiorem judicem provocare.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 428 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. adj. que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar.

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Inapelable, pág. 40 · el artículo y su página del original →

Inapelable. Forense. Adjetivo que se aplica á la sentencia de que no se puede apelar. ETIMOLOGÍA. Inapelación: catalán, inapel-lable.

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 588 · el artículo y su página del original →

Inapelable. adj. Aplicase á la sen tencia ó falle de que no se puede ape lar.

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Inapelable, pág. 789 · el artículo y su página del original →

Inapelable. Forense. Adjetivo que se aplica á la sentencia de que no puede apelar. ETIMOLOGIA. De inapelación: catal inapel-lable.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Inapelable, pág. 549 · el artículo y su página del original →

Inapelable. adj. Aplicase á la sentencia ó fallo de que no se puede apelar.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Inapelable, pág. 934 · el artículo y su página del original →

INAPELABLE. (de in y apelable). adj. Se dice de las tentencias o fallos que no admiten apelación.

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