inalienable
En 11 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Inalienable, pág. 235 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE, adj. de una term. Lo mismo que Inajenable. Usase mas frequentemente en lo jurídico. REcOr. lib.5. rit.1o. !.1. Y las furtalezas, aldéas, rétminos è jurisdicciones de su natura tuessen inalienábles.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 487 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enagenar. Quod alienari nequit
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 453 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enagenar. Quod alienari nequit. A INALTERABLE, adj. Lo que no se puede alterar. Immutabilis, stabilis.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 402 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enagenar. Quod alienari nequit.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Inalienable, pág. 607 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enajenar. Quod altenari nequit.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 384 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enajenar. Quod alienari nequil.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 427 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. adj. Lo que no se puede enajenar.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Inalienable, pág. 40 · el artículo y su página del original →
Inalienable. Adjetivo. Lo que no se puede enajenar. I Tiene uso en el orden politico; y así se dice: «los derechos de la nación son INALIENABLES.» Se emplea también en el orden moral, como cuando decimos: «el honor es un bien INALIENABLE, de que cada cual debe responderse á sí mismo;» «la virtud tiene un derecho INALIENABLE sobre el corazón. I Historia romana. Título del dominio de los antiguos emperadores, que era lo que se llamaba el sacro dominio. ETIMOLOGÍA. In privativo y alienable: forma adjetiva ficticia del latin aliẽnãre, enajenar: italiano, inalienàbile; francés, inaliénable; catalán, inalienable.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Inalienable, pág. 788 · el artículo y su página del original →
Inalienable. Adjetivo. Lo que no se puede enajenar. ETIMOLOGIA. Del latin alienare, enajenar: italiano, inalienabile; francés, inaliénable; catalán, inalienable.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Inalienable, pág. 549 · el artículo y su página del original →
Inalienable. (De in negat. y alienable.) adj. Que no se puede enajenar.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Inalienable, pág. 934 · el artículo y su página del original →
INALIENABLE. (de in y alienable). adi. Que no se puede enajenar
acepción con acepción en el diccionario oficial →