hereptar
En 2 obras de la biblioteca, de 1817 a 1822: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Hereptar, pág. 465 · el artículo y su página del original →
ACEPTAR, RECIBIR, TOMAR LA HERENCIA CON BENEPICIO DE INVENTARIO. f. Admitirla judicialmente por medio de inventario para no quedar obligado á pagar mas de lo que importasen los bienes de la herencia. Heredit atem adquirere, jure nihil nis i possessa exsolvendi. ADIR LA HERENCIA. f. for. Lo mismo que Ap MITIRLA, ACEPTARLA.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Hereptar, pág. 432 · el artículo y su página del original →
ACEPTAR, RECIBIR, TOMAR LA HERENCIA CON BENEFICIO DE INVENTARIO. f. Admitirla judicialmente por medio de inventario para no quedar obligado á pagar mas de lo que importaren los bienes de la herencia. Hæreditateo adquirere, jure nihil nisi possessa exsoluendi ADIR LA HERENCIA. f. for. Admitirla, aceptarla,
acepción con acepción en el diccionario oficial →