eremodicia
En 3 obras de la biblioteca, de 1870 a 1887: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Eremodicia, pág. 892 · el artículo y su página del original →
s. f. ant. Jurisp. desercion de la demanda.—Condenacion en rebeldia o por contumazia
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Eremodicia, pág. 455 · el artículo y su página del original →
Eremodicia. Femenino. Derecho romano. Condenación en rebeldía. ETIMOLOGÍA. Griego èρnpoòtxiov (erẽmodihion); de epnuos (érẽmos), desierto, y òtxn (dtke), justicia: latin, èrẽmôdicium, «la contumacia ó rebeldía; abandono de las causas por negligencia de las partes y la pena que se impone por dicho abandono.» (ULPIANO.)
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Eremodicia, pág. 170 · el artículo y su página del original →
Eremodicia. Femenino. Derecho romano. Condenación en rebeldía. ETIMOLOGIA. Del griego soquodtxtov (erẽmodihion); de Eonpoc (éremos), desierto, y otxn (dike), justicia: latín, eremodicium, abandono de las causas por negligencia de las partes y la pena que se impone por dicho abandono.