enfiteusis
En 9 obras de la biblioteca, de 1817 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Enfitéusis, pág. 359 · el artículo y su página del original →
ENFITÉUSIS. s. f. Enagenamiento de bienes raices que se hace juridicamente con voluntad de su dueño, y del que los recibe, pasando á este el dominio útil, y quedando el directo al que lo da. Emphyteusis.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Enfiteusis, pág. 297 · el artículo y su página del original →
ENFITEUSIS. f. Enajenamiento del dominio útil de alguna posesion mediante un cánon anuo que se paga al enajenante, quien conserva el dominio directo. Emphyteusis.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Enfitéusis, pág. 691 · el artículo y su página del original →
Enfitéusis, s. f. Enajenamiento del dominio de alguna posesion, mediante una renta anual, pagada al enagenante, quien conserva el dominio directo.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Enfitéusis, pág. 446 · el artículo y su página del original →
ENFITÉUSIS. f. Enajenamiento del dominio úlil de alguna posesion mediante un cánon anuo que se paga al enajenante, quien conserva el dominio directo. Emphyteusis.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Enfitéusis, pág. 310 · el artículo y su página del original →
ENFITÉUSIS. f. Cesion perpétua ó por largo tiempo de algun predio rústico ó urbano, mediante un cánon ánuo que se paga al cedente, quien conserva el dominio directo. Se halla usado tambien como masculino. || El contrato comprensivo de esta cesion.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Enfitéusis, pág. 398 · el artículo y su página del original →
Enfitéusis. Femenino. Forense. Cesión perpetua ó por largo tiempo de algún predio rústico ó urbano, mediante un canon anuo que se paga al cedente, quien conserva el dominio directo. Se halla usado también como masculino. El contrato comprensivo de esta cesión. ETIMOLOGÍA. Griego :xǵew¬ (emphyteusis); de èv (èn), en, y gusóo (phyteúõ), yo planto: latin, emphyteusis; italiano, enfiteusi; francés del siglo XVI, emphyteuse (LoYsen, 210); moderno, emphytéose; provenzal, enylsin; catan, enfitéusis.—Llamó se enfitéusis porque el colono podía plantar y gozar del fruto de la plantación.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Enfiteusis, pág. 428 · el artículo y su página del original →
Enfiteusis. Del gr. ànouses: de lv. en, y 2uezín, plantar., f. Cesión perpe. tua ó por largo tiempo de un predio rús tico ó urbano, mediante un canon anuo que se paga al cedente, quien conserva el dominio directo. U. t c. m. ( Contrato comprensivo de esta cesión.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Enfiteusis, pág. 104 · el artículo y su página del original →
Enfiteusis. Femenino. Forense. Cesión perpetua ó por largo tiempo de algún predio rústico ó urbano, mediante un canon anuo que se paga al cedente, quien conserva el dominio directo. Se halla usado también como masculino. El contrato comprensivo de esta cesión. ETIMOLOGIA. Del griego engótavotc (emphyteusis); de èv sen), en, y curado (phyteuo), yo planto: latin, emphyteusis; italiano, enfiteusi; francés, emphytéose; provenzal, emphyteosiu; catalán, enfiteusis.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Enfiteusis, pág. 661 · el artículo y su página del original →
ENFITEUSIS. (del lat emphyteusis, y éste del gr. emphyteusis, E emphyteuó, implantar). f. For. Cesión perpetua, o por mucho tiempo, de bienes raíces, mediante un canon anuo que se paga al cedente, quien conserva el dominio directo. U. t. c. m. || Contrato enfitéutico.
acepción con acepción en el diccionario oficial →