enderribar
En 2 obras de la biblioteca, de 1847 a 1870: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Enderribar, pág. 444 · el artículo y su página del original →
ENDERRIBAR. a. ant. DERRIBAR.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Enderribar, pág. 865 · el artículo y su página del original →
V. a. ant. : DERENDERROTAR: V. a. Mar.: poner el bue. !h -n.: ha er el derrota al punto determinado. En ambas acepciones se usa tambien como reciproco. ENDEUDADO: adi ant.: OBLIGADO. ENDEUDARSE: V. F. : ADECPARSE