descentralizar
En 8 obras de la biblioteca, de 1846 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Descentralizar, pág. 570 · el artículo y su página del original →
Descentralizar, v. a. Polít. Destruir la centralizacion, oponerse á ella, impedir la acumulacion ó reunion en una sola mano de todos los poderes, facultades y atribuciones públicas; el manejo é inversion arbitraria de todos los fondos ó caudales; la reconcentracion en un solo individuo de toda la autoridad política, administrativa, financiera, gubernamental etc. lo cual equivale á combatir el absolutismo disfrazado con la máscara del órden, de la regularidad y unidad de accion gubernativa; y equivale igualmente á propagar el espíritu de federacion de intereses locales, equitativamente atendidos y justipreciados. || Desestancar el poder.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Descentralizar, pág. 259 · el artículo y su página del original →
DESCENTRALIZAR. a. Transferir á diversas corporaciones ó personas una parte de la autoridad que'ántes ejercia el gobierno supremo del Estado.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Descentralizar, pág. 759 · el artículo y su página del original →
V. a.: separar del centro. =Polit.: dividir la autoridad y las fuerzas de un Estado.—Dejar libre desembarazada la accion municipal y provincial de los pueblos
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Descentralizar, pág. 101 · el artículo y su página del original →
Descentralizar. Activo. Transferir á diversas corporaciones ó personas una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado. ETIMOLOGÍA. Prefijo negativo des y centralizar: francés, décentraliser.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Descentralizar, pág. 358 · el artículo y su página del original →
Descentralizar. a. Transferir á diversas corporaciones ó personas una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del estado.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Descentralizar, pág. 708 · el artículo y su página del original →
Descentralizar. Activo. Transferir á diversas corporaciones ó personas una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado. ETIMOLOGÍA. De des privativo y centralizar: francés, décentraliser.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Descentralizar, pág. 332 · el artículo y su página del original →
Descentralizar. a. Transferir á diversas corporaciones ó personas una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del estado.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Descentralizar, pág. 554 · el artículo y su página del original →
DESCENTRALIZAR. (de des y centralizar). v. a. Dividir la autoridad del supremo gobierno del Estado, transfiriendo una parte de ella a diversas corporaciones o personas.
acepción con acepción en el diccionario oficial →