desadeudar
En 16 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Desadeudar, pág. 91 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. v. a. Desempeñar à alguno, sacarle de la obligacion de sus déudas. Es compuesto de la preposicion Des, y el vetbo Adeudar. Lat. Debita alicuius solvere, ab obligatione solutionis eum hberare. Muñ. Vid. de Fr. Barth. de los Mart. lib. 4. cap. 7. Como deudór que huelga de desadeudarse, estaba lleno de alegria por hallarse con que pagar. PANT. Rom.6. Que de esperanzas tan nobles vuestra espáda os desadeude.
1786-1793 Terreros
Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra
Desadeudar, pág. 615 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR, quitar las deudas, pagar, V. Fr. S’acquittér. Lat. Débita sólvere.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 289 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. v. a Desempeñaz á alguno, libertarle de sus deudas. Usase tambien como reciproco. Debita alierius persolvere, aliquam aere alieno liberare.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 266 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. v. a. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Usase tambien como recíproco. Debita alterius persolvere , aliquem «re alieno liberare.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Desadeudar, pág. 255 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. a. Desempeñar é alguno, libertarle de sus deudas.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 236 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. a. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Usase tambien como reciproco. Debita alterius persolvere , aliquem aere alieno liberare.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Desadeudar, pág. 560 · el artículo y su página del original →
Desadeudar, v. a. Desempeñar á alguno, eximirlo ó libertarlo de sus deudas, cubrirlas, pagarlas, desentramparlo, sacarlo de sus apuros pecuniarios sobre reintegros ó reembolsos en plazos vencidos etc. || V. DESOBL1- Desadeudarse, Y. pron. Desentramparse, desempeñarse, salir de deudas ó compromisos pecuniarios etc. J V. DESOBLIGARSE. || Ser desadeudao.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Desadeudar, pág. 360 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. a. Desempeñar à alguno, libertarle de su deudas. Usase tambien como reciproco. Debila altertus persolvere, aliquem aere alieno liberare.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 228 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. a. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Úsase tambien como recíproco. Debita alterius persolvere, aliquem «ere alieno liberare.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 253 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. a. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Usase tambien como reciproco.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Desadeudar, pág. 752 · el artículo y su página del original →
V. a.: desempeñar a alguno, pagar sus deudas. Se usa tambien como recíproco,
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Desadeudar, pág. 79 · el artículo y su página del original →
Desadeudar. Activo. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Usase también como recíproco. ETIMOLOGIA. Prefijo negativo des y adeudar: francés antiguo, desdeter: Qui trop velt barater No se peut DESDETER. (Proverbes du Vilain.) «Quien mucho quiere baratear, no se puede desadeudar.» (Proverbios del Villano): francés moderno, désendetter.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 351 · el artículo y su página del original →
Desadeudar. a. Desempeñar á uno, libertarle de sus deudas. U. t. c.r.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Desadeudar, pág. 682 · el artículo y su página del original →
Desadeudar. Activo. Desempeñar á alguno, libertarle de sus deudas. Usase también como reciproco. ETIMOLOCÍA. Del prefijo negativo des y adeudar: francés antiguo, desdeter.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Desadeudar, pág. 326 · el artículo y su página del original →
Desadeudar. a. Desempeñar á uno, libertarle de sus deudas. Ú. t. c. r.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Desadeudar, pág. 546 · el artículo y su página del original →
DESADEUDAR. (de des y adeudar). v a. Desempeñar a uno, libertarle de sus deudas. U t
acepción con acepción en el diccionario oficial →