confirmatorio
En 10 obras de la biblioteca, de 1726 a 1899: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Confirmatorio, pág. 502 · el artículo y su página del original →
CONFIRMATORIO, RIA, adj. Auto del Juez Superior, en que confirma la sentencia, ò el auto dado por el Juez inferior u ordinario. Lat. Confirmatortut, a, um. REcor, lib.5. tit.7. 1.9.Y si la sentencia fuere confirmatória, se remira el negocio al Presidente y Oidóres de la nuestra Audiencia.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Confirmatorio, pág. 205 · el artículo y su página del original →
CONFIRMATORIO, RÍA. adj. que se aplica al auto ó sentencia, por la que se confirma otro auto ó sentencia.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Confirmatorio, pág. 184 · el artículo y su página del original →
CONFIRMATORIO, RIA. adj. que se aplica al auto ó sentencia, por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente. Sententia confirmativa.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Confirmatorio, pág. 438 · el artículo y su página del original →
Confirmatorio, ria. adj. For. Epíteto que se aplica al auto ó sentencia, por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Confirmatorio, pág. 278 · el artículo y su página del original →
CONFIRMATORIO, RIA. adj, que se aplica al auto ó sentencia, por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente. Sententta confirmativa.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Confirmatorio, pág. 178 · el artículo y su página del original →
, CONFIRMATORIO, RÍA. adj. que se aplica al auto ó sentencia, por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente, Sententia Ema,
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Confirmatorio, pág. 197 · el artículo y su página del original →
CONFIRMATORIO, RÍA. adj. que se aplica al auto ó sentencia por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente.
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Confirmatorio, pág. 994 · el artículo y su página del original →
Confirmatorio, ria. Forense. Adjetivo que se aplica al auto ó sentencia por la que se confirma otro auto ó sentencia dada anteriormente. ETIMOLOGÍA. Con firmatiro: catalan. con firmatori, a; provenzal, con fermatori, con firmatori; francés, con firmatoire. —«Y si la sentencia fuere con firmaloria, se remita el négocio al Presidente y Oidores de la nuestra Audiencia.» (Recopilación, libro 5.°, tit. 1.°, ley 9.a
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Confirmatorio, pág. 275 · el artículo y su página del original →
Confirmatorio, ria. adj. Aplica se al auto ó sentencia por el que se con firma otro auto ó sentencia dado anterior mente.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Confirmatorio, pág. 255 · el artículo y su página del original →
Confirmatorio, ria. adj. Aplícase al auto ó sentencia por el que se confirma otro auto ó sentencia dado anteriormente.
acepción con acepción en el diccionario oficial →