coadjutoria
En 14 obras de la biblioteca, de 1726 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Coadjutoria, pág. 383 · el artículo y su página del original →
COADJUTORIA. s. f. Expectativa y derecho de suceder en algúna Dignidad por nombramiento hecho en algúna persona. Modernamente se entiende y toma unicamente por el derecho ò furtira de suceder en alguna Dignidad ò Prebenda Eclesiastica, adquirido por eleccion y nombramiento del posseedor de ella, y confirmado por Bulas Pontificias, con la obligacion de residir y assistir al proprietário para el cumplimiento de sus obligaciones. Lat. Coadjutoria. RECOP. lib.1.tit.3.l. 21.No embargante que vaquen por muerte ò por resignacion, accesso, regresso ò coad jutoria ò en otra qualquiera manéra. MEx. Hist. Imper. Vid. de Macrino, cap.1. Certificandose de su muerte, aprobaron la eleccion, y assimismo el…
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Coadjutoría, pág. 206 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. 2. f. La facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiastica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella despues de su muerte, Adjutoris manus cam iure ad beneficii eccles iastici succes sionem COADJUTORIA. El empleo ó cargo de coadiutor. Adjutoris munus in ecclesiasticis.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Coadjutoría, pág. 190 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. s. f. La facultad que por bulas apostolicas se concedia para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del - propietario, con derecho de suceder en ella despues de su muerte. Adjutoris munus cum jure ad benefició ecclesiastici successionem. coapjuTonia. El empleo ó cargo de coadjutor. Adjutoris munus in ecclesiasticis.
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Coadjutoría, pág. 189 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. f. Facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir alguna dignidad eclesiástica en vida del propietario , con derecho de suceder en ella despues de su muerte. || Empleo de coto l
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Coadjutoría, pág. 168 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. f. La facultad que por bulas apostólicas se concedia para serviralguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario , con derecho de suceder en ella después de su muerte. Adjutoris munus cum jure ad beneficii ecclesiastici successionem. Y El empleo o cargo de coadjutor. Adjutoris munus in ecclesiasticis.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Coadjutoría, pág. 402 · el artículo y su página del original →
Coadjutoría, s. f. ant. La facultad que por bulas apostólicas se concedía para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho fijo á suceder en ella después de su muerte. || El empleo ó cargo de coadjutor.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Coadjutoría, pág. 253 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. f. La facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella despues de su muerte. Adjutoris munus cum jure ad beneficii ecclesiastici successionem. || El empleo ó cargo de coadjutor. Adjutoris munus in ecclesiasticis.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Coadjutoría, pág. 162 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. f. La facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella despues de su muerte. Adjutoris munus cum jure ad beneficii ecclesiastici successionem. || El empleo ó cargo de coadjutor. Adjutoris munus in ecclesiasticis.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Coadjutoria, pág. 179 · el artículo y su página del original →
COADJUTORIA. f. La facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir - alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella despues de su muerte. || El empleo ó cargo de coadjutor.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Coadjutoria, pág. 584 · el artículo y su página del original →
S. I.: la facultad que por bulas apostólicas se concedia para servir alguna dignidad o prebenda eclesiástica en vida del propietario, cou derecho de suceder en ella después de su muerte.—Et empleo o cargo de coadjutor
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Coadjutoria, pág. 921 · el artículo y su página del original →
Coadjutoria. Femenino. La facultad que por bulas apostólicas se concedía para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella después de su muerte. El empleo ó cargo de coadjutor. ETIMOLOGÍA. Coadjutor: francés, coadjutorie; catalán, coadjutoria.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Coadjutoria, pág. 281 · el artículo y su página del original →
Coadjutoria. Femenino. La facultad que por bulas apostólicas se concedía para servir alguna dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella después de su muerte., El empleo ó cargo de coadjutor. ETIMOLOGIA. De coadjutor: francés, coadjutorie; catalán, coadjutória.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Coadjutoría, pág. 233 · el artículo y su página del original →
Coadjutoría. f. Empleo o cargo de coadjutor. || Facultad que por bulas apostólicas se concedía para servir una dignidad ó prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho” de suceder en ella después de su muerte,
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Coadjutoría, pág. 399 · el artículo y su página del original →
COADJUTORÍA. f. Fr! io o cargo de coadjutor. || Facultad que por bulas apostólicas se concedía para servir una E o prebenda eclesiástica en vida del propietario, con derecho de suceder en ella después de su muerte.
acepción con acepción en el diccionario oficial →