chca
En 2 obras de la biblioteca, de 1817 a 1822: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Chcá, pág. 274 · el artículo y su página del original →
DACÁ. adv. l. ant. que equivale á de acá, ó á del lado de acá, ó de este lado. Cis, citra DACA contract. Lo mismo que DA ACA. Ó DANE ACá. Cedo. ANDAR AL DACAY TOMA. f. Lo mismo que ANDAR EN DARES Y TOMARES. V. DAR DACA Acá. f. Lo mismo que paca.
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Chca, pág. 252 · el artículo y su página del original →
DACA: adv. 1. ant. que equivale á de aca, ó 4 - del lado de aca, ó de este lado. Cís, citra. || Da aca, ó dame aca. Cedo. ANDAR AL DACA Y TOMA. f. Andar en dares y tomares. V. DAR. DACA ACÁ. f. DACA. DACIO.s.m.anr. Tributo ó imposicion que se cargabasobre alguna cosa. Tributi, vectigalisgenus, DACION. s. f. for. La accion y efecto de dar.
acepción con acepción en el diccionario oficial →