apropriar
En 3 obras de la biblioteca, de 1726 a 1870: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1726-1739 Autoridades
la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra
Apropriar, pág. 359 · el artículo y su página del original →
PROPRIAR, v.a. Destinar, señalar, assignar como própria y perteneciente à alguno una cosa: como hacienda, bienes, heréncia, &c. lo que en lo forense se llama adjudicar. Este verbo es compuesto de la particula A, y de la palabra Próprio, por lo qual y atendiendo à su origen se debe escribir con la r despues de la segunda p, diciendo Apropriar, y no Apropiar, como de ordinario se halla en muchos libros impressos por falta de cúria. Lat. Rem alicui adjudicare, adscribere. MEN. Coron. fol.8. Que por mucho que arrebate, ò apróprie el avariento à si, nunca se farta. QUEv. Polit, part.1. cap.2. Aunque las Synagogas del Pueblo endurecido le apropriaron el Réino que deseaba su codicia.
1770 Oficial 1770
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 2.ª ed. de Autoridades, tomo I, A-B) · la obra
Apropriar, pág. 295 · el artículo y su página del original →
APROPRIAR. V. Apropiar. Y del mismo modo sus derivados.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Apropriar, pág. 198 · el artículo y su página del original →
V. a. ant.: APROPIAR APROSIO: (ANGELICO): Biog. : relijioso agustino, critico y bibliógrafo italiano, que n. en 1607, y m. en 1681. Biblioteca aprosiana
acepción con acepción en el diccionario oficial →