anualidad
En 12 obras de la biblioteca, de 1817 a 1899: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1817 Oficial 1817
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 5.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 69 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD.s. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. Rei unnualis status, conditio. || s. f. La renta de un año que paga al prgrio el que ha obtenido alguna prebenda eclesiástica. Annxi redditus
1822 Oficial 1822
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 59 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. Rei annualis status, conditio. || La renta de un año que paga al erario el que ha obtenido alguna prebenda eclesiástica. Annui redditus. ANUALMENTE.adv.t.Cada año Singutis annis,
1842 Peñalver
Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra
Anualidad, pág. 67 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual. || Renta de un año que paga al erario el que ha obtenido alguna prebenda eclesiástica.
1843 Oficial 1843
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 52 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. Rei annualis status, conditio. Y La renta de un año que paga al erario el que ha obtenido alguna prebenda eclesiástica. Annui dedditu .
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Anualidad, pág. 140 · el artículo y su página del original →
Anualidad, s. f. Cualidad de lo anual; la propiedad que tiene una cosa de ser anual, de ocurrir ó acontecer anualmente. i La renta de un año, que satisface al erario cualquier agraciado ó beneficiado con una prebenda eclesiástica. || Por. est. La paga ó sueldo de un año.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Anualidad, pág. 79 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. Rei annualis status, conditio. || La renta de un año que paga a erario el que ha obtenido alguna prebenba eclesiástica. Annuí redditus
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 50 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. Rei annualis status, conditio. || La renta de un año que paga al erario el que ha obtenido alguna prebenda eclesiástica, y por extension el importe anual de cualquiera renta. Annui dedditus.
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 55 · el artículo y su página del original →
ANUALIDAD. f. La propiedad de ser anual alguna cosa. || El importe anual de cualquier renta. || La renta de un año que pagaba al erario el que obtenia alguna prebenda eclesiástica.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Anualidad, pág. 181 · el artículo y su página del original →
s. f. : la propiedad de ser anual alguna cosa.—La renta de un año que paga al crario el que ha obtenido alguna prevenda eclesiástica— Empréstito en que se obliga el deudor a pagar en cada año cierta cantidad a cuenta de la que debe.—Por estension se dice de la paga, la renta o el sueldo de un añe
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Anualidad, pág. 349 · el artículo y su página del original →
Anualidad. Femenino. La propiedad de ser anual alguna cosa. El importe anual de cualquier renta. La renta de un año que pagaba al Erario el que obtenía alguna prebenda eclesiástica. ETIMOLOGÍA. Anual: catalán, annualitat; francés, annualité.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 79 · el artículo y su página del original →
Anualidad. f. Calidad de anual.) Importe anual de cualquier renta. ! Renta de un año, que pagaba al erario el que obtenía alguna prebenda eclesiástica.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Anualidad, pág. 72 · el artículo y su página del original →
Anualidad. f. Calidad de anual. || Importe anual de cualquier renta. || Renta de un año, que pagaba al erario el que obtenía alguna prebenda eclesiástica.
acepción con acepción en el diccionario oficial →