abanderar
En 10 obras de la biblioteca, de 1846 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.
1846-1847 Domínguez
Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra
Abanderar, pág. 11 · el artículo y su página del original →
Abanderar. v. a. Mar. Proveer un buque de los documentos necesarios para autorizar su bandera.
1847 Salvá
Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra
Abanderar, pág. 2 · el artículo y su página del original →
ABANDERAR. a. Náut. Proveer á un buque de los documentos competentes para autorizar su bandera.
1852 Oficial 1852
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra
Abanderar, pág. 1 · el artículo y su página del original →
ABANDERAR. a. Dotar á los buques de los documentos que acreditan su bandera,
1869 Oficial 1869
Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra
Abanderar, pág. 2 · el artículo y su página del original →
ABANDERAR. a. Matricular ó registrar bajo la bandera de un Estado á un buque de nacionalidad extranjera. || Proveer á un buque de los documentos que acreditan su bandera.
1870 Gaspar y Roig
Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra
Abanderar, pág. 11 · el artículo y su página del original →
V. a. Mar.: prolos competentes para autorzar su bandera
1880-1883 Barcia
Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra
Abanderar, pág. 61 · el artículo y su página del original →
Abanderar. Activo. Matricular ó registrar bajo la bandera de un Estado á un buque de nacionalidad extranjera. ( Proveer á un buque de los documentos que acreditan su bandera.
1884 Oficial 1884
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra
Abanderar, pág. 2 · el artículo y su página del original →
Abanderar. a. Matricular ó registrar bajo la bandera de un estado a un buque de nacionalidad extranjera. U. t. c. r. 1 Proveer á un buque de los documentos que acreditan su bandera. U. t. c. r.
1887-1889 Echegaray
Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra
Abanderar, pág. 11 · el artículo y su página del original →
Abanderar. Activo. Matricular ó registrar bajo la bandera de un Estado á un buque de nacionalidad extranjera. I Proveer á un buque de los documentos que acreditan su bandera.
1899 Oficial 1899
La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra
Abanderar, pág. 2 · el artículo y su página del original →
Abanderar. a. Matricular ó registrar bajo la bandera de un estado á un buque de nacionalidad extranjera. Ú. t. c. r. |Proveer ú un buque de los documentos que acreditan su bandera. Ú. t. e. r.
1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany
José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra
Abanderar, pág. 3 · el artículo y su página del original →
ABANDERAR. (de a y bandera). v. a Inscribir un buque extranjero en la matricula de un Estado. || Proveera un buque de los documentos que acrediten su bandera. || Alistar gentes para levantar tropas
acepción con acepción en el diccionario oficial →