Esteban de Terreros y Pando · 1786-1793
Excomunión
tomo 2 · página 131 · ver la página del original
EXCOMUNIÓN, anatéma, pena, ó censura Eclesiastica. Fr. Excommunicatión. Lat. Excommunicátio, anáthema. It. Scomunica. Hai excomunion mayor, y menor: ésta priva del uso, y participacion de los Sacramentos; y aquella, ademas de esto, separa de la comunion de los Fieles, y trahe anexas otras penas. La excomunion à jure, es la que está impuesta en el Derecho Canonico; y ab homine, la que impone algun Juez Eclesiastico. La excomunion, en orden à los insectos, se entiende mui impropiamente, y es una imprecacion, y ruego para que Dios los destruya, ó separe.
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