Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Subarrendar

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SUBARRENDAR. a. Dar ó tomar en arriendo una cosa, no de dueño de ella, ni de su administrador, sino de otro arrendatario de la misma. Locatorem alteri locare.

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El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Subarrendar», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/subarrendar.