Nuevo diccionario de la lengua castellana

Vicente Salvá · 1847

Precepto

página 872 · ver la página en el escaneo

PRECEPTO. m. Mandato ú órden que el superior intima ó hace observar y guardar al inferior ó súbdito, Praeceptum. La instruccion, documento ó regla que se da ó establece para el conocimiento ó manejo de algun arte ó facultad. Praeceptum. || Por antonomasia cada uno de los diez del Decálogo ó de los mandamientos de la ley de Dios. Pracceptum Decalogi. Lll ant. Privilegio ó instrumento de privilegio.1! — AFIRMATIVO. Cualquiera de los del Decálogo en que se manda hacer alguna cosa. Praeceptum positivum. || — FORMAL DE OBEDIENCIA. El que en las religiones usan los superiores para estrechar á la obediencia en alguna cosa á los súbditos. Severum praeceptum.

NEGATIVO. Cualquiera de los del Decálogo en que se prohibe hacer alguna cosa, Praeceptum negativum. || CUMPLIR CON EL PRECEPTO. fr. CUMPLIR CON LA PARRCQUIA.

la historia de «precepto», de obra en obra →

abrir en el lector · buscarla en todos los diccionarios · los datos de la obra

El texto de Salvá (1847) es de dominio público. El troceado, esta página y sus datos son CC BY 4.0, Karb and Sil. Cítese: «Precepto», en Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana (1847), Biblioteca Wordkers, https://biblioteca.wordkers.com/d/salva/precepto.