Vicente Salvá · 1847
Prebenda
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PREBENDA. f. Renta eclesiástica aneja á un canonicato etc Praevenda. || Nombre que se da á todos los beneficios eclesiás ticos superiores de las iglesias catedrales y colegiatas, como dignidad, canonicato, racion etc, Praebenda. ! El dote que pia dosamente se da por alguna fundacion á una mujer para toma estado de religiosa ó casada, ó á los estudiantes para seguir lo estudios, Praebenda dotis vel studiorum nomine. || met. y fam El oficio, empleo ó ministerio lucrativo y poco trabajoso. Mi. nisterium, munus.!) — DE OFICIO. Cualquiera de las cuatro canonjías, doctoral, magistral, lectoral y penitenciaria. Canonicatus docendi, praedicandi, lites sustinendi, aut confessioneaudiendi onere gravatus.
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